7 de octubre de 2025
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De qué se trata

La DGE aplica un nuevo protocolo contra el bullying en todas las escuelas

El nuevo protocolo de la DGE busca consolidar una cultura de respeto y convivencia, con enfoque en los derechos humanos y la inclusión educativa.

Por Celeste Funes

La Dirección General de Escuelas (DGE) aprobó oficialmente el Protocolo de procedimientos ante situaciones de bullying. Este instrumento tiene como propósito brindar al sistema educativo provincial herramientas útiles y aplicables para prevenir, intervenir y acompañar casos de acoso escolar. La norma surge, además, en medio de la modificación del Código Contravencional tras un aumento sostenido en las denuncias relacionadas a esta problemática.

Un protocolo para prevenir y actuar ante el bullying

La medida fue firmada el 6 de octubre de 2025 en el Boletín Oficial, mediante la Resolución Nº 5679 que establece su implementación en todos los niveles y modalidades del sistema educativo, tanto de gestión estatal como privada. En los Anexos I y II, que forman parte integral de la resolución, se estandariza el proceso de actuación frente a situaciones de violencia escolar.

Entre los considerandos, la autoridad argumenta que la existencia de un protocolo específico “permite dotar al sistema educativo de herramientas útiles, claras y concretas”. Asimismo, señala que su implementación “resulta jurídicamente adecuada e imprescindible para el desarrollo integral de niños, niñas y adolescentes”, en concordancia con los principios de razonabilidad, eficacia y buena administración pública.

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La DGE busca modificar el Código Contravencional ante el aumento de denuncias por bullying en el ámbito escolar.

La DGE busca modificar el Código Contravencional ante el aumento de denuncias por bullying en el ámbito escolar.

La norma, que lleva la firma del titular de la DGE, Tadeo García Zalazar, también subraya que la medida se orienta a mejorar la calidad del servicio educativo, promoviendo un entorno escolar seguro y respetuoso. Según lo expresa el documento, el protocolo se compone de tres secciones principales: un Enfoque y Marco Conceptual, un apartado de Prevención, Intervención y Posvención, y un Cierre, donde se establecen lineamientos para el seguimiento y evaluación de las acciones institucionales.

Según la norma, los anexos deberán integrarse al sistema informático GEI (Gestión Educativa Integral), dentro del apartado “Situaciones Emergentes – Registrar caso emergente”, lo que permitirá un registro unificado y seguimiento institucional de los casos reportados. En adición, para otorgar validez técnica y respaldo normativo al nuevo protocolo, se habilita la intervención del dictamen legal de la Dirección General de Asuntos Jurídicos.

resolución 5679 protocolos casos de bullying

Cómo define la DGE el acoso escolar y cómo se actuará

El Anexo I de la Resolución Nº 5679/2025 contiene el Protocolo de procedimientos ante situaciones de bullying, documento que estructura de manera detallada los pasos, criterios y responsabilidades que deben seguir las instituciones educativas frente a casos de acoso escolar. Su objetivo principal es prevenir, detectar, intervenir y acompañar las situaciones de violencia entre pares, con un enfoque de derechos humanos, inclusión y corresponsabilidad institucional.

La DGE concibe el bullying como toda forma de violencia intencional, reiterada y sostenida en el tiempo, ejercida entre pares en el ámbito escolar, que implica un desequilibrio de poder y produce daños físicos, psicológicos o sociales en la víctima. Se distingue expresamente de los conflictos cotidianos o esporádicos, aclarando que el bullying requiere una intervención específica y sostenida.

En el apartado de “Enfoque y Marco Conceptual”, se establece que el abordaje del bullying debe integrarse al marco general de convivencia escolar democrática y al Plan Provincial de Convivencia, alineado con la Ley Nacional de Educación Nº 26.206 y la Convención sobre los Derechos del Niño. Además, se resalta la importancia de la escucha activa, la empatía, el respeto a la diversidad y la participación estudiantil en la construcción de entornos seguros.

Tres etapas clave: prevención, intervención y posvención

En la fase de prevención, se prioriza el trabajo institucional y comunitario. Se promueve la elaboración de acuerdos de convivencia, la formación docente en temáticas de violencia y acoso, y la incorporación de estrategias pedagógicas para fortalecer el respeto y la inclusión.

Las escuelas deben fomentar espacios de reflexión, asambleas y proyectos que fortalezcan la convivencia positiva.

En la etapa de intervención, el protocolo establece el procedimiento que las instituciones deben seguir ante la detección o denuncia de un caso. En primer lugar, se debe garantizar la protección inmediata de la víctima y comunicar la situación al equipo directivo. Posteriormente, el caso debe registrarse en la Hoja de registro de caso y en el sistema GEI (Gestión Educativa Integral) bajo el apartado “Situaciones Emergentes”. También se prevé la notificación a la familia y, si corresponde, la articulación con los Equipos de Orientación Escolar (EOE) y organismos externos como la Dirección de Protección y Restitución de Derechos.

La investigación institucional debe realizarse con celeridad, respeto por la confidencialidad y sin revictimizar a los estudiantes involucrados. El anexo dispone que todas las entrevistas deben documentarse mediante el Memorando de entrevista, que forma parte del Anexo II, y que las actuaciones sean acompañadas por el equipo de convivencia de la escuela.

padres hablando con hija sobre bullying
La familia cumple un rol clave en la cooperación y seguimiento para combatir el bullying o acoso en el ámbito escolar.

La familia cumple un rol clave en la cooperación y seguimiento para combatir el bullying o acoso en el ámbito escolar.

El protocolo contempla también la posvención, que se enfoca en el acompañamiento y seguimiento posterior a la intervención. En esta etapa, las instituciones deben garantizar espacios de apoyo emocional, tutorías y mediaciones restaurativas. Se recomienda realizar reuniones de reflexión grupal con la comunidad educativa para promover el aprendizaje a partir del conflicto y prevenir nuevas situaciones.

Registro, confidencialidad y rol de las familias

En cuanto a las responsabilidades institucionales, el Anexo I señala que los equipos directivos son responsables de activar el protocolo, asegurar el registro adecuado del caso y comunicarlo a la supervisión escolar. Los docentes deben actuar como agentes de detección temprana, mientras que los equipos técnicos y psicopedagógicos deben orientar y acompañar la intervención. La familia cumple un rol clave en la cooperación y seguimiento.

El documento incluye, también, un apartado específico sobre la confidencialidad y resguardo de la información, donde establece que todos los datos de los estudiantes involucrados deben manejarse con estricto criterio profesional, evitando su difusión fuera del ámbito institucional. También se prohíben las sanciones colectivas o medidas disciplinarias sin sustento pedagógico, privilegiando las estrategias de reparación y restitución del vínculo escolar.

Cada establecimiento deberá incluir el seguimiento de los casos y las acciones pedagógicas implementadas dentro de su Proyecto Educativo Institucional (PEI), y enviar reportes periódicos a la Supervisión General de Escuelas. De esta manera, el protocolo busca consolidar una cultura escolar basada en el respeto, la equidad y la no violencia, y se une a otras de las acciones que la DGE implementa para combatir los casos de acoso o violencia en las escuelas, como las sanciones a padres de alumnos agresores.

anexo protocolo casos de bulling

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