Legislatura

El Senado le dio despacho a la reforma del Estatuto del Empleado Público: cuándo llegaría al recinto

El oficialismo avanzó en la Cámara de Senadores de la Provincia de Mendoza con el proyecto de modificación de la normativa del Empleado Público.

Por Florencia Martinez del Rio

La Cámara de Senadores de la Provincia de Mendoza le dio despacho favorable al proyecto de reforma del Estatuto del Empleado Público, y podría tratarse en el recinto el próximo martes para su sanción definitiva, sin el consenso con la oposición. La iniciativa fue impulsada por el gobernador Alfredo Cornejo.

Luego de ser tratada en plenario de comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales (LAC) y de Hacienda y Presupuesto, y recibir a los representantes sindicales, el oficialismo avanzó en el tratamiento de las modificaciones del Estatuto General del Empleado Público (DL 560/73) y del Escalafón Ley 5126. La propuesta ya cuenta con el aval de Diputados.

Pese a que la oposición venía pidiendo más tiempo para tratar el proyecto que cuenta con el fuerte rechazo de los gremios, la senadora radical Natacha Eisenchlas, al solicitar votar el despacho, afirmó que, cuando el Poder Ejecutivo presentó el expediente, se estableció un cronograma de tratamiento que incluía invitar a los sindicatos y otorgar más tiempo a los senadores para analizar la propuesta.

El peronismo, con Adriana Cano a la cabeza, no acompañó la iniciativa. En tanto, La Unión Mendocina presentó un despacho en minoría.

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El proyecto de Cornejo ya tiene media sanción de Diputados, donde la oposición votó en contra. El peronismo, La Unión Mendocina y el Partido Verde, vienen oponiéndose. Si lo mismo ocurre en el Senado, sumado al voto negativo del Partido Demócrata, ocurriría un empate.

Al respecto, la vicegobernadora Hebe Casado, en diálogo con Aconcagua Radio, afirmó: "Si empatamos, desempató yo". Además, se mostró firme en avanzar con la ley pese a que no cuenta con el consenso de la oposición: "Es una política de Estado. Se va a tratar, discutir y votar. Si no, no la hubiésemos presentado".

El proyecto de reforma del Estatuto del Empleado Público

El oficialismo justificó la reforma en la necesidad de actualizar un marco normativo de más de 50 años, adaptándolo a las restricciones presupuestarias, criterios de responsabilidad fiscal y a la jurisprudencia vigente. Con esta reforma, el Gobierno busca modernizar el marco legal, "adaptándolo a las necesidades actuales del empleo público y a los criterios establecidos por la Justicia".

  • Simplificación y actualización de los artículos 1 y 2 del decreto 560/73. Allí se aclara que el estatuto podrá aplicarse de manera supletoria a personal excluido de la carrera administrativa, ampliando su alcance normativo.
  • Incorporación de manera expresa la figura del “personal de planta interino”, recogiendo la jurisprudencia que reconoce a este sector una estabilidad impropia, similar a la que otorga la Ley de Contrato de Trabajo, aunque sin equipararse plenamente a la de los agentes de planta permanente.
  • Derogación de normas recursivas en desuso y establece que será de aplicación el procedimiento administrativo común previsto en la Ley 9003.
  • Definición de los efectos de la extinción de suspensiones o separaciones, diferenciando entre quienes gozan de estabilidad propia, los agentes permanentes efectivos, y aquellos con estabilidad impropia, como interinos y contratados, que no cuentan con derecho automático a la reincorporación.
  • Eliminación de disposiciones que otorgaban derechos de acceso cuasi hereditarios a cargos públicos.
  • Modificación de las reglas de indemnización, fijando un plazo máximo de 30 días para su pago.
  • El estatuto será aplicable de manera directa, residual o supletoria a todas las personas que presten servicios remunerados en relación de dependencia dentro del sector público. En cuanto al cómputo de antigüedad, se establece que solo se reconocerán los servicios prestados bajo relación de dependencia con aportes previsionales, excluyendo las contrataciones bajo locación de servicios u otras figuras autónomas.
  • Los agentes públicos tendrán a su disposición los recursos previstos en la Ley de Procedimiento Administrativo y, una vez agotada esa vía, podrán recurrir a la acción procesal administrativa establecida por la Ley 3918 y sus modificatorias.

Uno de los puntos destacados del proyecto es la creación de la figura del "personal interino", sin goce de "estabilidad propia". Esto es lo que más rechazan los gremios que, en diversas ocasiones, se movilizaron en contra de la iniciativa del Gobierno de Mendoza.

Otro de los aspectos más criticados fue el de las indemnizaciones: se modifica el régimen vigente para pasar a ser calculado sobre la totalidad de las remuneraciones regulares del último sueldo, del 100% por cada año de antigüedad o fracción mayor a tres meses.

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