Fallo a favor de Aysam: desestiman la demanda millonaria de la bodega de un intendente
La Justicia de Mendoza rechazó la demanda millonaria de Bodegas y Viñedos Naser Mansur contra AYSAM y el Estado por presuntos daños. Qué dice el veredicto.
Aysam fue denunciado por una bodega por presuntos daños patrimoniales.
Este martes, la Justicia de Mendoza falló a favor de AYSAM y el Estado Provincial al desestimar la acción judicial de Bodegas Naser Mansur S.A. La demanda, que pedía una indemnización superior a los 115 millones de pesos y más de 170 mil dólares, alegaba perjuicios derivados de la tala de álamos durante la realización de tareas del Establecimiento Depurador Rivadavia – Etapa II, iniciadas en 2018.
La Justicia rechazó la demanda de la bodega presidida por Ricardo Mansur
El reclamo de la bodega que preside el actual intendente de Rivadavia, Ricardo Mansur, ubicada en el departamento de Junín, solicitaba una indemnización por encima de los 115 millones de pesos y 172 mil dólares, argumentando que la ampliación del Establecimiento Depurador Rivadavia – Etapa II, a cargo de Aguas Mendocinas, había provocado daños irreparables al patrimonio de la empresa.
En particular, la actora sostuvo que la tala de un cerco de álamos, que funcionaba como barrera protectora, había expuesto la propiedad a gases y olores que perjudicaron su actividad comercial.
Ricardo Mansur, Rivadavia, elecciones 2023
Ricardo Mansur, intendente de Rivadavia.
Foto: Gentileza
En el documento, se detalla que la obra realizada en 2018 habría causado la rescisión de un contrato de alquiler en 2021, la frustración de una posible nueva locación y la devaluación del inmueble.
La defensa de Aysam
Desde AYSAM y el Gobierno de Mendoza defendieron la legalidad y necesidad del proyecto, señalando que cualquier irregularidad inicial fue subsanada mediante la aprobación del Estudio de Impacto Ambiental en 2021. Además, cuestionaron la existencia de los daños y la relación de causalidad entre la obra y los supuestos perjuicios, planteando la prescripción de la acción debido a que la bodega conocía el proyecto desde 2014.
El análisis de la Justicia y el veredicto final
El tribunal desestimó inicialmente la defensa de prescripción, concluyendo que la toma de conocimiento del daño se produjo con la rescisión del contrato de alquiler en febrero de 2021, y no al inicio de la obra o la tala de los árboles. Por lo tanto, al iniciarse la demanda en 2023, el plazo de tres años del Código Civil y Comercial no había vencido.
Entrevista AYSAM, alejandro gallego.jpg
El fallo concluyó que no existía una relación directa entre la acción de Aysam y los daños reclamados.
Foto: Yemel Fil
A pesar de esto, la sentencia se centró en la falta de prueba del nexo causal entre las obras y los daños alegados. Entre los elementos decisivos, la Justicia valoró varias pericias y testimonios:
Pericia enológica: la perito constató que la bodega, aunque en estado de "abandono", cumplía los requisitos obligatorios para su funcionamiento ante el Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV). No se percibieron olores desagradables durante la inspección.
Pericia ambiental: se señaló que, aunque existieron irregularidades administrativas en el Estudio de Impacto Ambiental, el procedimiento se regularizó y culminó con la Resolución N° 09/2021, no objetada por la actora.
Inspección ocular: la jueza constató que, si bien dentro de la planta depuradora se percibían olores más intensos, la bodega no sufría afectaciones significativas.
Pericia de tasación: se determinó que la disminución del valor del inmueble no se debió a las obras recientes, sino a la presencia de la planta depuradora frente a la bodega, en funcionamiento desde 1997.
Testimonios: los trabajadores de las obras confirmaron que la tala de álamos formaba parte del proyecto aprobado y que se replantaron nuevos ejemplares.
En conclusión, se determinó que no existía una relación directa y adecuada entre la acción del Estado y los daños reclamados. Si bien había coincidencia temporal, las pericias y la inspección judicial no demostraron que los olores fueran de tal magnitud como para justificar la “pérdida total” del establecimiento.
Por estas razones, la Justicia de Mendoza rechazó íntegramente la demanda y ordenó que las costas del juicio sean pagadas por la parte actora. Asimismo, se desestimó un incidente de tacha de testigo planteado por la bodega, también con imposición de costas.
Este fallo representa la decisión definitiva del tribunal sobre un reclamo millonario que se extendió por varios años y marca un precedente en disputas judiciales relacionadas con obras públicas y demandas por daños patrimoniales en la provincia.