El Juzgado Federal N.º 2 de Mendoza decidió restablecer, de manera cautelar, la obligatoriedad del Certificado de Ingreso de Uva (CIU) para la próxima cosecha, postergando así la desregulación más polémica de las normas del Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV).
De esta manera, el fallo, que suspende parcialmente los efectos de la Resolución 37/2025 del Instituto Nacional de Vitivinicultura, devuelve previsibilidad a la próxima vendimia, que se encuentra a días de empezar.
Matías Manzanares, secretario de la Asociación de Viñateros de Mendoza, una de las entidades que presentó la acción de amparo, aseguró a Sitio Andino que la resolución judicial no ingresa aún en el análisis de fondo, pero resulta determinante por el momento en que se produce. “El juez se pronunció a favor de la obligatoriedad del CIU”, señaló el dirigente, al tiempo que remarcó que la indefinición normativa generaba inquietud en un contexto productivo sensible. “Nos apremiaba que estaba por empezar la cosecha y había indefinición respecto de la obligación”, sostuvo.
Desde la perspectiva de los productores primarios, la medida cautelar cumple un rol central al garantizar la continuidad de un instrumento que consideran esencial para el normal desarrollo de la actividad. Manzanares destacó que el fallo permite “darle certeza a nuestro pedido” y aseguró que el sistema continuará vigente, al menos, durante la próxima vendimia. Esa certeza, añadió, resulta indispensable en un sector caracterizado por la estacionalidad, la perecibilidad de la materia prima y una histórica asimetría en las relaciones comerciales.
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A pesar de las intenciones del INV la Justicia garantizó el CIU y la trazabilidad de la uva para la cosecha
Debate de fondo y rol del Estado
La resolución judicial también deja planteado un escenario de debate más profundo hacia adelante. Según explicó el dirigente, el fallo expone tanto los argumentos de las entidades que promovieron la acción de amparo como la defensa ensayada por el INV. En ese marco, consideró que varios de los planteos oficiales “son cuestiones bastante interesantes para debatir luego, pero totalmente fuera de lugar”, anticipando que la discusión de fondo sobre el alcance del sistema y el rol del Estado en el control de las transacciones aún está abierta.
Uno de los aspectos centrales del pronunciamiento judicial es que su alcance trasciende a las organizaciones que impulsaron la cautelar. “La Justicia le ha dado la razón no a cuatro entidades, sino a toda la vitivinicultura del país”, afirmó Manzanares, al referirse al impacto generalizado de la decisión. En ese sentido, recordó que la obligatoriedad del CIU había sido solicitada en reiteradas instancias institucionales y contaba con el respaldo de la casi totalidad de las entidades vitivinícolas, así como de los ministros de Producción de diez provincias.
El origen del conflicto
El conflicto se originó a partir de la decisión del Ministerio de Desregulación de avanzar con un nuevo Digesto Normativo del INV que eliminaba la obligatoriedad del Certificado de Ingreso de Uva (CIU) en favor de un esquema basado en la modernización administrativa y la libertad contractual. Para el organismo, el Estado no debía actuar como un “escribano público gratuito” de las transacciones privadas, y la trazabilidad digital mediante otros instrumentos resultaba suficiente para garantizar la fiscalización.
Sin embargo, las entidades demandantes advirtieron que la supresión del CIU dejaba en una situación de vulnerabilidad jurídica a los productores, especialmente a quienes trabajan bajo contratos de maquila o como contratistas de viña. El juez recogió ese planteo al ponderar el carácter perecedero de la uva y la imposibilidad técnica de reconstruir, una vez procesada, los datos de volumen y calidad. En ese contexto, la ausencia de un registro obligatorio previo fue considerada un riesgo de daño irreparable para el patrimonio del viñatero.
Aportes previsionales y contratos
El fallo también otorgó relevancia al rol del CIU como base para el cálculo de aportes previsionales, advirtiendo que su eliminación podía afectar el financiamiento del sistema de seguridad social del trabajador rural. Asimismo, sostuvo que en los contratos de maquila la identificación precisa de la materia prima resulta indispensable, dado que la propiedad de la uva permanece en cabeza del productor durante el proceso de vinificación.
Cautelar para la cosecha
Con una vigencia prevista de cinco meses, la medida cautelar garantiza que la vendimia 2026 se desarrollará bajo las reglas de control tradicionales. Si bien el debate de fondo sobre la modernización del sistema estadístico vitivinícola y la potestad reglamentaria del INV permanece abierto, la Justicia recordó que la discrecionalidad administrativa encuentra su límite en la protección de la parte más débil de la cadena productiva.