El gobierno apelará

Polémico fallo por un temporal en San Rafael: el Estado deberá pagar $1.200 millones

En un juicio civil, la justicia de San Rafael ordenó una indemnización millonaria a una empresa afectada por un temporal en el sur provincial.

Por Pablo Segura

Tras un juicio civil, la Justicia de San Rafael firmó una sentencia a través de la cual condena al Estado provincial a pagarle más de $1.200 millones a una empresa que sufrió graves consecuencias en un terreno tras un temporal en el sur, el cual incluyó una especie de aluvión con el desborde de un zanjón.

Para la justicia, hubo una omisión ilegítima en la realización de obras inferiores y de conservación en cauces aluvionales, por lo que existió una responsabilidad de la Dirección de Hidráulica de la provincia.

En el gobierno manifestaron su sorpresa por el fallo y también por el monto del mismo, por lo que en estas horas preparan la apelación para intentar dar vuelta la sentencia.

Juicio civil: polémica condena al Estado por un temporal en San Rafael

Los hechos en cuestión ocurrieron tras el temporal del 21 de abril del 2021, durante varias horas hubo una intensa tormenta con granizo, que provocó el desborde del zanjón “La Hedionda” y, por ende, graves daños en un predio de la empresa Ardero Alimenticia S. A., que incluyó pérdidas materiales, muerte de animales, anegamiento de tierras y cultivos, entre otros.

Lo cierto es que tras el temporal, la propiedad (de 97 hectáreas) quedó anegada, con daños irreparables, siendo imposible su recomposición, según la demanda iniciada por la empresa. En la presentación, la firma aseguró que todas las consecuencias “pudieron ser perfectamente evitados”.

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Como consecuencia de ello, la propiedad quedó anegada, produciéndose los daños irreparables, que describen, siendo imposible su recomposición, y que pudieron ser perfectamente evitados por la Dirección de Hidráulica en su deber de “conservar, limpiar y realizar obras en los cauces aluvionales”.

Tras la denuncia mencionada, el gobierno se defendió y afirmó que se trató de “un fenómeno natural de fuerza mayor y ajeno a la actividad estatal”.

Desde fiscalía de Estado resaltaron que las precipitaciones “superaron récords históricos”, con una caída de 81 milímetros en 24 horas, lo que convirtió al evento en “insólito, excepcional e imposible de evitar”.

La sentencia de la justicia de San Rafael tras el juicio civil

Sin embargo, el Primer Tribunal de Gestión Judicial Asociada le dio la razón a la denunciante.

“Considero que la inacción estatal constituyó la causa adecuada del daño, no existiendo prueba que acredite la concurrencia de caso fortuito o fuerza mayor que exima a la Provincia de su responsabilidad”, establecieron los jueces intervinientes.

En tanto que en los fundamentos, afirmaron: “Ha quedado demostrado que existió falta de servicio al incumplirse la obligación legal de mantenimiento y canalización, ya que la Dirección de Hidráulica no realizó el debido mantenimiento ni construyó defensas aluvionales, cuando la previsión del riesgo así lo imponían. Ello configura una omisión ilegítima por parte del Estado”.

El fallo indica que la responsabilidad del Estado es conforme a las leyes 8.968 y 1.210 que crea la Dirección de Desagües y obras Hidráulicas de la Provincia. En ambas se establece que es función de estos organismos proyectar, presupuestar, licitar y fiscalizar la construcción de obras de defensa contra aluviones.

No obstante, el gobierno provincial intentará dar vuelta el fallo cuando un organismo superior analice el caso.

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