5 de noviembre de 2025
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Nuevo sistema de permisos

El Gobierno nacional habilitó la compra de armas semiautomáticas: los requisitos

El Gobierno nacional emitió una resolución que reemplazó la prohibición que existía para la tenencia de fusiles o carabinas símil asalto.

Por Sitio Andino Política

El Gobierno nacional oficializó los requisitos para la tenencia de armas semiautomáticas como fusiles y carabinas símil asalto. La medida se formalizó a través de la Resolución 37/2025 del Registro Nacional de Armas (RENAR), organismo que reemplazó a la ANMAC. También se dispuso que las personas deberán acreditar "probados usos deportivos".

Esta normativa reglamentó el decreto 397/25, que había eliminado la prohibición de tenencia de estos materiales para legítimos usuarios y encargó al RENAR establecer un "régimen de autorización y control especial". De esta manera, se establecieron las condiciones que deberán cumplir los legítimos usuarios para adquirir y poseer armas semiautomáticas alimentadas con cargadores de quita y pon, símil fusiles, carabinas o subametralladoras de asalto de calibre superior al 22 LR.

Requisitos para legítimos usuarios dispuestos por el Gobierno nacional

Para acceder a la tenencia de estas armas, los legítimos usuarios de armas de fuego de uso civil condicional (o las entidades de tiro) deberán cumplir con una serie de recaudos.

Requisitos administrativos y de antigüedad:

  • Tener una antigüedad mínima de cinco años como legítimo usuario de armas de fuego de uso civil condicional.
  • No tener sanciones o actuaciones administrativas en trámite ante el RENAR.
  • Contar con un Sector de Guarda registrado tipo G2 (medidas de seguridad específicas para el almacenamiento).
  • Presentar una declaración jurada detallando los fundamentos de la solicitud.
  • Identificar el material (marca, modelo, calibre, número de serie) y adjuntar fotografías.
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Imagen ilustrativa.

Imagen ilustrativa.

Acreditación de "probados usos deportivos"

El punto central del nuevo régimen es que el usuario debe acreditar "probados usos deportivos". En ese sentido, la resolución especifica que esto se cumple teniendo, al menos, una de las siguientes condiciones:

  • Una certificación de una entidad de tiro habilitada que avale al solicitante como "tirador asiduo".
  • Probar la representación en certámenes nacionales y/o internacionales de tiro deportivo.

Las entidades de tiro también podrán solicitar el material para ser utilizado por sus socios en disciplinas deportivas o con fines didácticos.

El costo del trámite será equivalente a la suma de una "Tenencia Express" y una "Tarjeta de Consumo de Municiones (TCCM)". Con esta medida, se derogan varias disposiciones anteriores que regulaban la materia. Fuente: NA.

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