ElGobierno nacional derogó la norma que regulaba los aranceles de los colegios privados. Por lo cual, las instituciones ya no tendrán que informar los valores de las cuotas y la matrícula con anticipación ni contar con el aval del Estado. El Ejecutivo argumentó que el mecanismo vigente hasta ahora "perjudica a las familias" y "constriñe el derecho de propiedad de los establecimientos".
La desregulación del régimen de control sobre los aranceles de las escuelas de gestión privada sin aportes estatales, vigente hace más de 30 años, se dispuso mediante el Decreto 787/2025, publicado este martes en el Boletín Oficial.
La normativa derogó el Decreto 2417/1993 que obligaba a las instituciones educativas privadas a notificar a las familias el importe de la matrícula y las cuotas junto a la forma, el plazo de pago y los recargos ante el atraso en el cumplimiento. Los requerimientos fijados debían efectuarse antes de la finalización del ciclo lectivo previo, concretamente el 31 de octubre de cada año vencía el plazo. Hace poco el Ejecutivo lo había extendido hasta el 15 de noviembre.
"Con esta derogación, se habilitan ajustes graduales y realistas, alineados con la evolución de la economía, sin saltos bruscos ni sobrecargos preventivos. Esto permite estabilizar el gasto de las familias en educación, y favorece un entorno más libre, equilibrado y sustentable para estas instituciones que representan", expresó Federico Sturzenegger, ministro de Desregulación y Transformación del Estado.
CHAU A LOS SALTOS EXHORBITANTES EN LAS CUOTAS DE COLEGIOS PRIVADOS EN MARZO. El Decreto 787/24 con las firmas del Presidente @JMilei, @madorni, @SPettovelloOK y @LuisCaputoAR actualiza el marco regulatorio de la educación pública de gestión privada sin aportes estatales (6% del… pic.twitter.com/nJSIE07s69
El decreto derogado establecía que las instituciones educativas tenían que conseguir el acuerdo de los padres o tutores de los estudiantes respecto a los nuevos valores de los aranceles, a raíz de que posteriormente eso debía ser reflejado ante las autoridades nacionales. En caso de no llegar a un entendimiento, se mantenían los valores vigentes.
Al argumentar la decisión, el Gobierno explicó en el texto oficial que la normativa eliminada “presenta limitaciones y requerimientos que dificultan la adaptación de los institutos de enseñanza pública de gestión privada a las realidades educativas y económicas del país”.
En ese sentido, manifestó que el régimen “fue dictado en un contexto fáctico y normativo distinto al actual”, al precisar que “en aquel entonces la administración de la educación se encontraba bajo la órbita del gobierno nacional”.
Al respecto, el Ejecutivo señaló que “esta situación cambió a partir de la transferencia de esta competencia a las provincias, conforme al principio federal de nuestra organización constitucional, lo que justifica su revisión para adecuarlo al esquema actual de distribución de funciones”. Asimismo, expresó que “la estructura de costos y consecuentemente de aranceles de la educación ha variado desde entonces, lo que también justifica la revisión del mentado decreto”.
Los argumentos del Gobierno nacional
Frente a dicho panorama, el Ejecutivo remarcó que “esta situación constriñe el derecho de propiedad de los establecimientos educativos, quienes, al ser entidades privadas, deberían tener la libertad de fijar sus condiciones de contratación y los salarios de sus empleados, sin necesidad de autorización estatal”.
Al mismo tiempo, el Gobierno argumentó que “el carácter predecible y fijo de las tarifas impuestas por el Estado puede llevar a una precarización de la calidad educativa, dado que los establecimientos no pueden responder adecuadamente a las variaciones en los costos de insumos, salarios y otros gastos operativos sin antes contar con autorización de la autoridad correspondiente”.
En este contexto, afirmó: “El principio de libre contratación debe ser resguardado, permitiendo a las instituciones educativas el derecho a definir sus políticas de precios y compensaciones, en el marco de una competencia leal y en función de las demandas del mercado”. Fuente: NA.