Avanzan los cambios en el protocolo de la Policía de Mendoza para el uso de armas de fuego
El proyecto introduce nuevos criterios para el uso del arma reglamentaria, para unificar los protocolos con los vigentes en las fuerzas federales. Cuáles son.
Diputados avanzó con cambios a la Ley de Policías y amplió los permisos para usar armas de fuego
La Cámara de Diputados le dio media sanción a una modificación de la Ley de Policías de Mendoza sobre las circunstancias “fácticas y normativas que autoriza la utilización de armas de fuego”. Se trata de una adecuación de la normativa de las fuerzas de seguridad de la provincia para que tengan los mismos permisos que las federales.
Los cambios que se implementarán en los Artículos 2° y 9° de la Ley 6.722, son impulsados por Gustavo Cairo (La Libertad Avanza) y Enrique Thomas (PRO Libertad). Los legisladores argumentaron las diversas circunstancias en las que las fuerzas policiales pueden hacer uso de sus armas reglamentarias.
Además, se amplían las previsiones de la Ley en relación a los casos en los que los efectivos policiales no tienen obligación de identificarse en forma previa a la utilización del arma reglamentaria, y se define con mayor claridad los supuestos de “peligro inminente”. Resta el tratamiento en la Cámara de Senadores de Mendoza.
Qué modificaciones se implementarán en la Policía de Mendoza
La iniciativa incorpora los incisos 4 a 8 al Artículo 2° de la Ley 6.722, respecto a en qué consiste el servicio de seguridad. Entre otros incisos ya establecidos en la Ley vigente, incorpora:
“4. Actuar para asegurar la persona y sus bienes amenazados en casos de inseguridad y peligro inminente, en incendio, inundación, explosión u otros siniestros.
5. Proveer a la defensa de funcionarios, agentes, empleados y bienes del Estado Provincial.
6. Asegurar la defensa oportuna de su autoridad, esgrimiendo sus armas cuando fuere necesario, conforme lo establecido en esta ley y principios generales.
7. Asumir toda actividad de observación y vigilancia para cumplir sus fines específicos.
8. Asegurar el orden en espacios públicos debiendo prevenir conflictos y velar por la integridad física de transeúntes, haciendo cesar el delito”.
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La Legislatura avanzó en las modificaciones para la Policía de Mendoza.
Prensa Legislatura de Mendoza
De igual forma propone modificaciones en los incisos 7 y 8 del Artículo 9°, e incorpora los incisos 7 bis y 8 bis, disponiendo: “Recurrir al uso de armas de fuego en caso de estado de necesidad; defensa propia o de terceras personas; cuando hubiere peligro inminente de muerte o lesiones graves; para impedir la comisión de un delito particularmente grave, que entrañe una seria amenaza para la vida o integridad física de las personas; para proceder a la detención de quien represente ese peligro inminente y oponga resistencia a la autoridad y para impedir la fuga de quien represente ese peligro.”
Los cambios detallan los criterios y las situaciones en las que las fuerzas de seguridad podrán hacer uso del arma reglamentaria, con previa identificación si las condiciones del hecho lo permiten.
En toda situación donde el empleo de las armas ocasione lesiones o muerte, se procederá inmediatamente a prestar asistencia y solicitar servicios médicos urgentes para las personas involucradas en el episodio, dando comunicación a la autoridad judicial competente. También se efectuará la pertinente comunicación a los parientes de las personas afectadas.
Media sanción a la actualización del protocolo de uso de armas de la Policía. Modifica la Ley 6722. Adecúa la actuación de fuerzas de seguridad provinciales a las de las fuerzas federales. Iniciativa de Gustavo Cairo (LLA) y Enrique Thomas (PRO Libertad).https://t.co/XCBeRTk0Zppic.twitter.com/UF9mnFahJ4
Gustavo Cairo explicó que esta iniciativa tiene su antecedente en la reciente Resolución del Ministerio de Seguridad de la Nación en relación al protocolo aplicado a las fuerzas de seguridad federales. “Estamos en presencia de dos fuerzas policiales que cuando actúan en conjunto, unos tienen unas reglas y otros tienen otras. Este proyecto, le brinda más seguridad a la Policía”, expresó.
Con estas modificaciones, “se busca que haya claridad normativa, tanto para el policía, para el agente público, como para los ciudadanos; para que sepan en qué circunstancias el policía está autorizado a emplear su arma de fuego”.
Además, hizo referencia a algunas situaciones que se prestaban a la confusión sobre el posible accionar de un integrante de la fuerza policial frente a un hecho puntual. "Si el policía ha actuado dentro del protocolo establecido, del marco legal vigente, que no se lo castigue administrativamente, porque se le quita el arma, lo separan, le bajan el sueldo, hasta tanto no hay una resolución judicial que demuestre que actuó bien. Lo que se plantea es que hasta que no haya una decisión legal o judicial de que la persona, el policía, actuó fuera de la ley, va a seguir conservando todos sus derechos y facultades”, explicó el legislador.
Enrique Thomas cerró el debate destacando que se trata de “una herramienta para los buenos policías, aporta certeza y seguridad, la cual es un derecho constitucional”.
“Es un proyecto trascendente, un aporte invaluable al policía y no para el gatillo fácil, como dicen. Da reglas de juego claras para que un arma de fuego en manos del efectivo policial sea usada correctamente, en el marco de la Ley”, indicó.