13 de septiembre de 2026
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Ya rigen las modificaciones a la Ley de Tránsito: qué cambia a partir de ahora para los conductores

Los cambios a la Ley de Tránsito sobre la renovación de licencias por cambio de domicilio y el uso de documentación digital en la provincia de Mendoza.

Por Florencia Martinez del Rio

Este miércoles se publicaron en el Boletín Oficial las modificaciónes a la Ley de Tránsito (9024), que disponen que ya no será obligatorio renovar la licencia de conducir por cambio de domicilio ni portar la versión impresa de dicha documentación, siempre que pueda ser exhibida en formato digital válido, en la provincia de Mendoza.

Estos cambios fueron aprobados por la Legislatura el pasado 4 de noviembre fue una iniciativa de los diputados Gustavo Cairo y Mauro Giambastiani, en busca de adaptar la normativa provincial a los estándares nacionales.

Qué cambia a partir de ahora en la Ley de Tránsito

Cambio de domicilio

Una de las modificaciones más importantes es la del artículo 21. Hasta ahora, quienes se mudaban dentro de la provincia debían gestionar la actualización de la licencia de conducir en un plazo de 90 días o rendir nuevamente el examen de manejo. Con la nueva normativa, ya no será necesario renovar el plástico por cambio de residencia

El documento mantendrá su validez hasta la fecha de vencimiento original, independientemente del municipio donde viva el titular.

El objetivo detrás de las modificaciones establecidas a la Ley de Tránsito es

El objetivo detrás de las modificaciones establecidas a la Ley de Tránsito es "agilizar trámites y reducir costos".

Documentación válida

También se cambió el artículo 40, que regula los documentos exigidos durante los controles. Los conductores podrán presentar la licencia, la cédula del vehículo y el comprobante del seguro obligatorio tanto en formato físico como digital, utilizando las aplicaciones oficiales de la Agencia Nacional de Seguridad Vial o de las aseguradoras.

Así, ya no será obligatorio portar las versiones impresas, siempre que los documentos puedan mostrarse en soporte electrónico válido.

Seguro automotor

El artículo 43 también fue modificado referido a la acreditación del seguro automotor obligatorio. Los conductores podrán presentar la póliza, credencial o comprobante de pago en cualquier formato, eliminando requisitos adicionales que solían generar demoras o sanciones injustificadas.

"El Poder Ejecutivo Provincial, a través de la Unidad Ejecutiva de Seguridad Vial, auditará los Centros de Emisión de Licencia Nacional de Conducir, los resultados de las mismas serán informados a la Agencia Nacional de Seguridad Vial", señala la norma publicada.

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