En la misma sesión en la que se aprobó la DIA de PSJ Cobre Mendocino, el Senado provincial avaló 27 proyectos de exploración en Malargüe y dio sanción definitiva a dos leyes clave para el sector: el nuevo régimen de regalías mineras y la creación del Fondo de Compensación Ambiental. Las iniciativas fueron remitidas al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Aval legislativo para 27 proyectos de exploración en el Distrito Minero Occidental II
El Senado aprobó las Declaraciones de Impacto Ambiental de 27 proyectos de exploración correspondientes a la segunda etapa de Malargüe Distrito Minero Occidental II (MDMO), con 31 votos afirmativos, tres negativos y una abstención. Las propuestas habían atravesado una audiencia pública de dos días, la evaluación técnica de organismos provinciales y nacionales, y un dictamen académico de la UNCuyo.
Según el texto avalado, las iniciativas cuentan con planes de manejo específicos para zonas altas, un seguimiento ambiental estricto y un proceso de análisis que incluyó talleres participativos, visitas al proyecto PSJ Cobre Mendocino y la posibilidad de realizar presentaciones por escrito incluso después del cierre de la audiencia.
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El Senado aprobó otras leyes vinculadas a la minería en la sesión que se sancionó PSJ Cobre Mendocino.
Foto: Yemel Fil
Además, las actuaciones completas quedaron disponibles para compulsa pública tanto en la Dirección de Minería como en los portales digitales oficiales, lo que permitió un acceso abierto a toda la documentación.
Entre los proyectos aprobados figuran Cuprum, El Destino, Mercedes (en sus distintas etapas), Pampa, Tango, Chamamé, Excalibur, Titán, Lucero, Malargüe West, Sierra Azul, entre otros.
Con esta votación, Malargüe alcanzará 65 proyectos de exploración minera.
Nueva ley de regalías mineras: esquema progresivo y un fondo socioambiental
El Senado también sancionó la ley que actualiza el régimen de regalías mineras de Mendoza, con 30 votos a favor y seis en contra. La norma adecua la legislación provincial a la Ley Nacional de Inversiones Mineras (24.196) e introduce un sistema de alícuotas progresivas, que podrán llegar al 5% para nuevos proyectos, manteniendo el 3% como esquema base.
El objetivo es contar con un marco jurídico claro, transparente y trazable para la determinación, liquidación y control de regalías. También fija que deberán pagarlas todas las personas humanas o jurídicas —nacionales o extranjeras— que exploten, industrialicen o comercialicen minerales en la provincia, salvo las microempresas y los proyectos destinados a investigación científica.
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El oficialismo logró amplio apoyo a los proyectos mineros en el Senado.
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La ley establece que el 88% de la recaudación irá a Rentas Generales, de la cual el 15% se destinará al nuevo Fondo de Desarrollo Económico y Socioambiental, orientado a financiar obras e infraestructura socioambiental, proyectos productivos, acciones de control y participación ciudadana.
El 12% restante se asignará a los municipios productores que adhieran al régimen, exclusivamente para obras públicas e infraestructura económica, social, ambiental y productiva.
Según su fundamentación, la norma aporta certeza regulatoria, mejora la calidad institucional y fortalece los estándares ambientales a lo largo de todo el ciclo minero.
Creación del Fondo de Compensación Ambiental para atender daños y emergencias
En la misma sesión se aprobó, por 30 votos afirmativos y seis negativos, la ley que crea el Fondo de Compensación Ambiental, una herramienta destinada a actuar de manera inmediata ante daños ambientales colectivos, emergencias o zonas degradadas.
El fondo podrá utilizarse cuando los responsables del daño sean insolventes, no estén determinados o no puedan afrontar la reparación. Los recursos se aplicarán a acciones de restauración, mitigación, compensación o recomposición ecológica en las comunidades afectadas. También permitirá intervenir de manera urgente para evitar la propagación de impactos.
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Foto: Yemel Fil
El fondo se financiará con multas y tributos ambientales, indemnizaciones judiciales, aportes asociados a las DIAs, créditos, donaciones y recuperos legales. Además, estará exento de impuestos provinciales, será inembargable y tendrá afectación específica, lo que —según el proyecto— garantiza que los recursos no se desvíen de su objeto legal.
La autoridad de aplicación será el Ministerio de Energía y Ambiente, que deberá presentar un informe anual sobre ingresos y destinos. La ley invita al Departamento General de Irrigación y a los municipios a adherir y destinar recursos complementarios, y fija un plazo de 180 días para su reglamentación.