3 de junio de 2026
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Instituto Provincial de la Vivienda

Instituto Provincial de la Vivienda: media sanción al proyecto para agilizar desalojos por mora o irregularidades

El oficialismo avanzó en la Legislatura con la iniciativa para recuperar casas del Instituto Provincial de la Vivienda en situaciones irregulares.

Por Florencia Martinez del Rio

A la par del avance en la Legislatura de Mendoza del proyecto para acelerar la recuperación de viviendas del Instituto Provincial de la Vivienda (IPV) desadjudicadas, el organismo notificó a decenas de deudores históricos para quitarles las casas tras años de cuotas impagas e irregularidades detectadas.

El IPV busca contar con mejores herramientas para desadjudicar y desalojar a los beneficiarios que no cumplieron con la ocupación efectiva de la vivienda. Miguel Cicala, abogado del instituto, indicó que, si bien vienen realizando estos procesos, actualmente se encuentran con dificultades para recuperar la posesión del inmueble y reasignarlo a otra familia.

Motivos de desadjudicación de una vivienda del IPV

Tanto el Gobierno como el IPV fundamentaron el proyecto en la necesidad de agilizar los procesos de desadjudicación ante casos de irregularidades detectadas, conductas que "desnaturalizan la finalidad social de las viviendas financiadas por el Estado". Entre las situaciones más frecuentes aparecen la mora persistente en el pago de las cuotas, el abandono de las viviendas y las cesiones a terceros.

Qué no puede hacer un adjudicatario de una vivienda social:

  • Dejar de pagar las cuotas de manera reiterada
  • Abandonar la vivienda o no habitarla de forma efectiva
  • Alquilar la vivienda a terceros
  • Falsear información
  • Ceder o prestar la vivienda sin autorización
  • Vender la propiedad de manera informal mediante boletos de compra-venta
  • Publicar la vivienda en plataformas de alquiler temporario
viviendas lavalle IPV
Casa del IPV.

Casa del IPV.

En números: deudores notificados, desadjudicaciones y casos resueltos

De acuerdo con datos oficiales del Instituto Provincial de la Vivienda, de 600 procedimientos de desadjudicación iniciados, 513 fueron resueltos. En cuanto a las casas desadjudicadas (no recuperadas), se registraron 28: 16 casos por mora, 8 por mora y ocupación irregular y 4 por ocupación irregular.

A su vez, de abril a mayo, el IPV notificó a 50 beneficiarios de viviendas ubicadas en distintos barrios construidos por el Estado provincial para informarles sobre el inicio del proceso de desadjudicación previsto en el Decreto 868/77. Entre ellos, hay casos de mora persistente por distintos montos, como por ejemplo, deudas de $36.186.077 (equivalente a 74 cuotas), $16.366.289 (53 cuotas), $5.449.099 (24 cuotas) o $1.074.733 (97 cuotas). Además, entre las notificaciones hay emplazamientos por irregularidades.

Cómo es el proceso de desadjudicación de una vivienda del IPV

El procedimiento de desadjudicación contempla diversas instancias previas antes de que el IPV retire una vivienda a un beneficiario. En primer lugar, el adjudicatario recibe al menos cuatro notificaciones para regularizar su situación. Si el incumplimiento persiste, se inicia formalmente el proceso de quita, durante el cual se realizan otros cuatro avisos adicionales.

Una vez emitido el acto administrativo que dispone la desadjudicación, el beneficiario todavía cuenta con una última posibilidad para revertir la medida: tiene un plazo de 15 días para presentarse ante el IPV y proponer un plan de pago o plantear una solución a la situación. Agotadas estas instancias, el instituto avanza con la recuperación de la casa.

Entrega de viviendas guaymallen, IPV, Instituto provincial de la vivienda

Qué propone el proyecto

La iniciativa contempla modificaciones en la normativa vigente para sumar las siguientes herramientas jurídicas:

  • Los desalojos impulsados por el IPV pasarán a ser tramitados por la Justicia de Paz Letrada.
  • Se eliminará la necesidad de homologación judicial previa de las resoluciones administrativas de desadjudicación emitidas por el IPV.
  • Se habilitará una vía procesal específica para las desadjudicaciones resueltas administrativamente por el IPV, al incorporar un nuevo inciso al artículo 232 del Código Procesal Civil, Comercial y Tributario.
  • Se permitirá que el IPV pueda iniciar juicios de desalojo en aquellos casos en los que exista una desadjudicación firme por incumplimiento, al modificar la Ley N° 4203.

El proyecto obtuvo media sanción de Diputados, sin las modificaciones sugeridas por el peronismo, que planteó hacer una diferenciación para los casos en los que los beneficiarios no puedan pagar las cuotas por problemas económicos. La propuesta pasó al Senado para su tratamiento.

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