21 de marzo de 2026
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DEBER CÍVICO

Elecciones 2025 ¿Cómo renunciar a ser presidente de mesa?

Las autoridades de mesa son designadas por la Justicia Federal con con competencia electoral, en cada distrito. En qué casos y cómo se puede renunciar.

Por Sitio Andino Política

El próximo domingo 26 de octubre se llevarán a cabo las elecciones 2025 a nivel nacional, y de forma concurrente en Mendoza, donde se votarán diputados nacionales, diputados y senadores provinciales y concejales en 12 de los 18 departamentos. Para este proceso, se desginarán presidente de mesa y vicepresidente, quienes -salvo excepciones- estarán obligados a cumplir con esta función. Cómo proceder en caso de no poder llevar a cabo esa tarea.

Según la Cámara Nacional Electoral, las autoridades de mesa son ciudadanos y ciudadanas seleccionados de forma aleatoria por la Justicia Federal con competencia electoral, que funcionan como la máxima autoridad y puede ser reemplazado y asistido únicamente por el Vicepresidente (vocal). Ellos son los únicos que pueden manipular el material electoral y tomar decisiones en la mesa de votación. Es obligatorio cumplir esta función cuando se fue designado, salvo excepciones.

Para ser elegido autoridad de mesa se deber ser elector hábil, tener entre dieciocho (18) y setenta (70) años de edad, residir en la sección electoral donde deba desempeñarse, saber leer y escribir, estar inscripto en el padrón electoral y no estar afiliado ningún partido político.

¿Puedo renunciar a ser autoridad de mesa?

Se puede renunciar solicitando su excusación en el Sistema de Excusaciones de Autoridades de Mesa. Según informa el sitio, las razones de la renuncia deben estar debidamente fundadas, y podrá asimismo consultar el estado del trámite de su solicitud efectuada con anterioridad.

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Aunque se aclara que “la mera presentación de esta solicitud de excusación no implica la aprobación de la misma” ya que será revisada por la Justicia Electoral y eventualmente aceptada o rechazada en función de la documentación presentada.

La “excusación” se deberá presentar dentro de los tres días después de recibida la notificación de designación. Transcurrido ese lapso solo se admite la excusación por “causas ocurridas con posterioridad”.

¿En qué caso se puede ausentar como autoridad de mesa?

  • Enfermedad, que esté justificada, presentando un certificado médico del servicio de sanidad nacional o médico oficial, provincial o municipal y, si no hay, de un médico particular
  • Fuerza mayor, que esté justificada.
  • Desempeñar funciones en un partido político, que se acredita con un certificado de las autoridades del respectivo cuadro partidario.

Cuál es la sanción por ausentarse sin aviso

El Código Electoral Nacional, en su artículo 132, expresa que “se penará con prisión de 6 meses a 2 años a los funcionarios creados por esta ley y a los electores designados para el desempeño de funciones que, sin causa justificada, dejen de concurrir al lugar donde deban cumplirlas o en caso de hacer hicieran abandono de ellas”.

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