4 de febrero de 2026
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Los detalles

El Gobierno reglamentó la Ley de Emergencia en Discapacidad: cómo es el nuevo régimen de pensiones

Tras un fallo judicial, el Ejecutivo definió criterios para acceder a las pensiones por discapacidad. Cuáles son las nuevas reglas.

Por Sitio Andino Política

El Gobierno nacional aprobó la reglamentación de la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad y estableció los procedimientos operativos para un nuevo régimen de pensiones no contributivas destinado a personas con discapacidad, según se publicó este miércoles en el Boletín Oficial.

La medida, dispuesta mediante el decreto 84/2026 firmado por el presidente Javier Milei, responde a una sentencia del Juzgado Federal de Primera Instancia de Campana que ordenó la aplicación inmediata de la Ley 27.793, tras declarar la invalidez de un decreto anterior que había suspendido su ejecución por falta de financiamiento.

La reglamentación define con precisión los criterios de acceso al nuevo régimen de pensiones, las condiciones de permanencia, las incompatibilidades con otros beneficios, los procedimientos administrativos y los mecanismos de control correspondientes. De acuerdo con los considerandos de la norma, la configuración del sistema deberá articularse con las reglas de compatibilidad de ingresos y con las políticas de inclusión laboral de las personas con discapacidad, informó Noticias Argentinas.

Qué establece la reglamentación realizada por el Gobierno nacional

El decreto incorpora la Secretaría Nacional de Discapacidad al organigrama del Ministerio de Salud, centralizando la política de discapacidad en esa cartera. Esta decisión responde a una concepción integral del derecho a la salud y a la protección social, que comprende dimensiones sanitarias, sociales, económicas y de acceso a derechos.

La norma instruye a la Secretaría Nacional de Discapacidad a convocar al Consejo Federal de Discapacidad para acordar los criterios de evaluación socioeconómica y presentar un plan de auditorías periódicas dentro de los 30 días. Asimismo, faculta a esa secretaría a dictar las normas aclaratorias y complementarias necesarias para la implementación.

El decreto establece la conversión de oficio de las pensiones no contributivas otorgadas con anterioridad a su vigencia en la nueva Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social, lo que impone a la autoridad de aplicación la adopción de medidas para identificar, relevar y verificar las condiciones de las prestaciones alcanzadas.

Las medidas adicionales que se acuerden con el Consejo Federal de Discapacidad serán implementadas mediante esquemas de cooperación y cofinanciamiento entre el Estado Nacional y las jurisdicciones provinciales y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme a sus respectivas competencias y disponibilidades presupuestarias.

Diputados de la Nación, votación veto emergencia discapacidad 20-08-25
Congreso de la Nación.

Congreso de la Nación.

Fallo judicial

El juez federal Adrián González Charvay le fijó un plazo al Gobierno nacional para que implemente plenamente la Ley de Emergencia en Discapacidad, sancionada por el Congreso y vigente tras el rechazo legislativo al veto presidencial. La orden judicial establece que la normativa deberá cumplirse a partir del 4 de febrero, incluso mientras se tramita una apelación del Ejecutivo.

el plazo surge de los tiempos previstos en la propia ley, que establece 30 días hábiles para su reglamentación. El cómputo se realizó desde el 18 de diciembre de 2025, cuando el juez concedió la apelación del Gobierno, pero con la condición de que la sentencia se cumpla mientras se revisa el fallo en instancias superiores.