16 de junio de 2026
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Qué dice el decreto

El Gobierno de Mendoza reglamentó las sanciones para obras ilegales en el Piedemonte: cuáles serán

El Gobierno de Mendoza estableció las penalidades para emprendimientos que no cumplan con las normas vigentes.

Por Florencia Martinez del Rio

El Gobierno de Mendoza reglamentó las infracciones y penalidades previstas en la Ley 9414, que regula las actividades de la Precordillera y Piedemonte del Área Metropolitana Mendoza (AMM) para al ordenamiento territorial, y creó un registro público de infractores.

A través del decreto 2792, publicado este martes en el Boletín Oficial, el gobernador Alfredo Cornejo y el ministro de Gobierno, Natalio Mema, aprobaron la normativa que establece la metodología y las pautas para la aplicación de las sanciones previstas en el Capítulo IV (artículos 18 a 23) de la mencionada ley.

Allí se explica que serán infracciones aquellas conductas que impliquen el desarrollo de actividades no autorizadas o en zonas prohibidas, la comercialización irregular de parcelas, la degradación ambiental -reversible o irreversible- y toda acción que afecte cauces aluvionales o los bienes protegidos legalmente. Ante estos casos, la autoridad de aplicación se encuentra facultada para aplicar sanciones y medidas precautorias inmediatas.

Qué sanciones se aplicarán

Las acciones estipuladas en la normativa ante casos de infracciones:

  • Sanciones: apercibimiento, suspensión, multa, clausura, demolición de obras e inhabilitación profesional de los responsables técnicos, graduables según la gravedad de la infracción y los antecedentes del infractor.
  • Reincidencia: se establece como causal de agravamiento de la sanción, con la posibilidad de multiplicar hasta cinco veces los montos máximos previstos.
  • Responsabilidad solidaria: alcanza a propietarios, peticionantes, empresas promotoras o constructoras y a los profesionales intervinientes, con el objetivo de asegurar la efectiva aplicación del régimen sancionatorio.
  • Medidas precautorias: incluyen la paralización inmediata de actividades dentro de las 24 horas de constatada la infracción y el control permanente por parte de los municipios en sus respectivas jurisdicciones.
piedemonte

Creación de un registro público de infractores

El decreto también creó un registro de infractores a la Ley 9414, administrado por la Unidad Interjurisdiccional Piedemonte, donde se inscribirán las sanciones firmes. Será público y podrá difundirse en medios oficiales.

Multa a barrio privado

En el año 2023, el Gobierno multó a un emprendimiento del Piedemonte por mantener irregularidades catastrales, incumplimientos ambientales y reincidencias, luego de una denuncia ante el Ministerio Público Fiscal contra el propietario del barrio ubicado en El Challao. La sanción fue dispuesta por la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial que en ese entonces estaba en manos de Humberto Mingorance.

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