Luego de que un hombre fuese identificado y detenido por el incendio de un árbol de Navidad en la Peatonal Sarmiento, ocurrido durante una marcha antiminera el viernes pasado, la Justicia decidiño liberarlo, pero con condiciones.
La Justicia resolvió no dictar la prisión preventiva, pese al pedido del Ministerio Público Fiscal, y le impuso al acusado una serie de restricciones, entre ellas no participar en marchas.
Luego de que un hombre fuese identificado y detenido por el incendio de un árbol de Navidad en la Peatonal Sarmiento, ocurrido durante una marcha antiminera el viernes pasado, la Justicia decidiño liberarlo, pero con condiciones.
Si bien el Ministerio Público Fiscal había solicitado la prisión preventiva, el pedido fue rechazado y el acusado recuperó la libertad, aunque deberá cumplir una serie de obligaciones judiciales.
En los primeros días de enero, una marcha antiminera realizada el 2 de enero en plena Peatonal Sarmiento terminó con el incendio de un árbol de Navidad decorativo. El hecho quedó registrado por cámaras de seguridad y fue controlado minutos después por manifestantes y transeúntes que apagaron las llamas.
Tras el análisis de las cámaras de video ubicadas en el microcentro, se determinó que el fuego no se originó por una falla eléctrica, sino que fue provocado de manera intencional. El presunto autor fue identificado como Gonzalo Emanuel Videla Castro.
Por el delito de incendio, tipificado en el artículo 186, inciso 1, del Código Penal; que prevé penas de entre 3 y 10 años de prisión, Videla Castro fue imputado por la Fiscalía provincial, que solicitó su prisión preventiva. Sin embargo, la Justicia rechazó el pedido y le concedió la libertad, aunque bajo un régimen de control judicial.
Según el fallo del juez Leonardo Camacho del Juzgado Penal Colegiado N° 1, no existen elementos suficientes que permitan sostener la existencia de un riesgo procesal. Si bien se consideró acreditada su participación en el hecho, el magistrado valoró que el acusado no posee antecedentes penales y cuenta con domicilio fijo en la provincia de Mendoza.
En ese contexto, la imputación se mantiene vigente, pero el acusado deberá cumplir una serie de medidas para conservar su libertad. Entre ellas, fijar y mantener domicilio -informando cualquier cambio o ausencia-, abstenerse de consumir estupefacientes y bebidas alcohólicas, y presentarse cada 15 días ante el Juzgado Penal Colegiado N.º 1.
Además, deberá realizar un tratamiento psicológico y presentar el certificado correspondiente ante la Justicia, cursar y aprobar la capacitación prevista por la Ley 27.592 (Ley Yolanda), no salir del país, no participar en marchas o eventos similares al ocurrido el 2 de enero y no cometer nuevos delitos.

