El Senado provincial aprobó este martes por 37 votos a favor y una abstención (del senador Víctor Da Vila -Partido Obrero-) el proyecto que establece la paridad de género en los cargos de representación política y, así, la ley se deberá aplicar en los comicios de 2019.
Durante los últimos dos años, la norma fue analizada fuertemente y se conformó, en el ámbito de la Legislatura, una multipartidaria de mujeres para establecer puntos en común entre las distintas propuestas.
La ley determina un 50% de lugares en las boletas para varones y mujeres (no incluye las sexualidades disidentes) y conformación por "binomios", es decir que no es necesario que los géneros estén intercalados en las listas. Esta metodología difiere a la que sancionó en la ley nacional, ya que en esa norma se indica explícitamente la alternancia de las candidaturas.
En concreto, se modifica la ley 8619 de las PASO y la ley electoral provincial nº2551. Una vez promulgada, se deberá aplicar en los comicios del 2019 para las categorías de diputados/as, senadores/as, concejales/as y convencionales constituyentes.
Datos que refuerzan la necesidad de la legislación
El Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA) elaboró tiempo atrás una serie de puntos que desmitifican los argumentos en contra de la paridad. Algunos de los más destacados son los siguientes:
- "Las mujeres llegan por ser mujeres y no por su mérito". En el Congreso, el 79% de las mujeres tienen títulos universitarios, frente al 71% de los varones. En el Senado, la brecha es mayor: 90% contra un 69%.
- "La presencia de mujeres afectaría a la calidad del trabajo, ya que su desempeño sería menor". En 2013, las mujeres impulsaron el 63% de los proyectos presentados.
- "Es con el esfuerzo y capacitación de las mujeres que se llegará a la igualdad". En países como Reino Unido y Guatemala, se calcula que serían necesarios entre 100 y 200 años para lograr la paridad. Además, hay estancamiento de la ley de cupo desde 2007.