29 de abril de 2026
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Tras el fallo de la Corte

Tarifazo: Piden a Enargas que una de las audiencias públicas sea en Mendoza

Mediante un amparo y una medida cautelar, el Frente de Izquierda busca que el debate no se centre solamente en Capital Federal.

Por Mariano Fiochetta

El Frente de Izquierda y los Trabajadores (FIT) presentará este martes una acción de amparo y una medida cautelar en la Justicia Federal, para exigir que se realice una audiencia pública por el tarifazo del gas en Mendoza.

La resolución nº3956/2016 de Enargas establece que el debate por el valor del servicio público se realizará solamente en Capital Federal, el próximo 12 de septiembre, a las 9, en la Usina del Arte. A través del texto que entregará el FIT, se busca que esto se traslade también a las provincias, y debido a la modalidad de la medida cautelar, tiene que haber una respuesta formal 48 horas después de la presentación.

"El fallo de la Corte Suprema frenó el tarifazo, lo que fue un reconocimiento a la movilización popular y el repudio que había por la medida, pero sin embargo establece otras medidas que nos hace pensar que el tarifazo estará igual", expresó la senadora provincial Noelia Barbeito, una de las firmantes.

La senadora provincial quiere que las audiencias sean en todas las provincias. Foto: Yemel Fil.

La legisladora consideró que "hay muchas personas que quedarán fuera de la audiencia y no tienen los medios necesarios para viajar a Buenos Aires", por lo que las autoridades "tienen la obligación de acercarse a la provincia". El amparo será presentado en Neuquén, Córdoba, Jujuy, el interior de Buenos Aires y en otras provincias del país.

La Corte Suprema de Justicia anuló el jueves pasado el incremento de las tarifas de gas en todo el país para usuarios residenciales y determinó que para modificar el cuadro tarifario es obligatorio realizar la audiencia pública con entidades que representan a consumidores.

Los ítems más importantes de la decisión de Tribunal fueron:

• Que para la fijación de tarifas de gas, la audiencia pública previa es de cumplimiento obligatorio.

• Se confirma la sentencia apelada en cuanto declara la nulidad de las resoluciones cuestionadas

• La decisión se circunscribe al colectivo de los usuarios residenciales.

• Respecto de ellos, las tarifas deben retrotraerse a los valores vigentes previos al aumento dispuesto por las resoluciones que se invalidan.

• Se mantiene la tarifa social.

• Se pone en conocimiento del Congreso de la Nación la necesidad de dar cobertura al cargo de Defensor del Pueblo de la Nación.

• Se recuerda a los tribunales el riguroso cumplimiento de la acordada de la Corte Suprema de Justicia sobre procesos colectivos. 

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