El Justicia Federal de San Martín, Buenos Aires, dictó una medida cautelar que suspende, de manera provisoria, la aplicación de los artículos 59 a 69 del Decreto 462/2025, mediante los cuales el Poder Ejecutivo Nacional dispuso la disolución del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) como ente autárquico y su transformación en un organismo desconcentrado de la administración central.
La resolución, firmada por la titular del Juzgado en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N.º 2, Martina Isabel Forns, respondió a una acción de amparo presentada por la Asociación del Personal del INTA (APINTA) y la Asociación Trabajadores del Estado (ATE), que denunciaron la inconstitucionalidad tanto del decreto mencionado como de la Ley 27.742, conocida como “Ley Bases”. Según los gremios, ambas normas vulneran principios constitucionales básicos, afectan la estabilidad del empleo público y amenazan con un vaciamiento institucional del organismo creado en 1956 para la investigación y extensión agropecuaria.
La jueza Martina Forns, frenó con una cautelar la reforma del INTA.
INTA: El planteo sindical
Los representantes gremiales, con el patrocinio de los abogados Matías Cremonte y Mariana Amartino, señalaron que la norma cuestionada constituye una “desviación de poder” orientada a la disolución y desfederalización del INTA, algo expresamente vedado por la legislación vigente. Denunciaron, además, que la Ley Bases otorgó al Ejecutivofacultades extraordinarias, genéricas y sin límites materiales, lo que a su juicio vulnera el principio republicano de división de poderes.
Los sindicatos advirtieron que la medida afecta derechos adquiridos, convenios colectivos en plena vigencia y la propia existencia de APINTA como entidad gremial representativa dentro del organismo. Según el escrito, la reestructuración proyectada podría derivar en cesantías, traslados forzosos, reubicaciones y pérdida de estabilidad laboral, en contradicción con lo previsto en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional y en los convenios internacionales de la OIT.
Los fundamentos del fallo
En su decisión, la jueza Forns destacó que el INTA es un ente autárquico de derecho público con personería propia, y que cualquier medida que altere esa naturaleza sin intervención legislativa constituye una amenaza a la estabilidad institucional y laboral de sus trabajadores.
El tribunal recordó que las convenciones colectivas de trabajo que amparan al personal del organismo establecen condiciones que no pueden ser modificadas unilateralmente por el Ejecutivo, y que toda disposición que implique su reducción o supresión resulta nula de nulidad absoluta. Asimismo, subrayó que la subordinación de decisiones de personal a la Secretaría de Transformación del Estado, como prevé el decreto, vulnera la libertad sindical y la negociación colectiva.
En cuanto a los requisitos de la medida cautelar, el fallo consideró acreditada la “verosimilitud en el derecho” invocado por los gremios y el “peligro en la demora” ante la posibilidad de un daño irreparable por eventuales despidos masivos o alteraciones en las condiciones de trabajo.
fallo inta
Alcance y vigencia
La resolución judicial ordenó al Estado Nacional abstenerse de ejecutar cualquier acto administrativo derivado del Decreto 462/2025 que implique reubicaciones, cesantías, pases a disponibilidad, suspensiones o supresión de estructuras relacionadas con el INTA. La medida tendrá una vigencia de seis meses, hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo.
En su decisión, la magistrada dejó en claro que el análisis de la constitucionalidad del decreto y de la Ley Bases requerirá un estudio más profundo, con producción de pruebas y debate judicial, por lo que ese aspecto quedó reservado para la etapa de sentencia definitiva.
Un conflicto institucional abierto
La cautelar representa un freno temporal al avance del Gobierno en el programa de reforma del sector público, pero no clausura la discusión de fondo. La cuestión central -si el Ejecutivo puede disolver o transformar un organismo como el INTA sin intervención del Congreso- permanece abierta y será objeto del juicio principal.
Mientras tanto, la resolución constituye un precedente significativo en la defensa de la estabilidad laboral en el sector público y en los límites a la delegación de facultades al Poder Ejecutivo. También plantea un interrogante mayor: el alcance real de la Ley Bases en la reconfiguración del Estado y el rol que tendrá el Poder Judicial como contrapeso de sus efectos más controvertidos.