La Dirección General de Escuelas emitió una nueva resolución que actualiza el régimen de asistencia, puntualidad y permanencia para los alumnos del nivel Primario en la provincia de Mendoza. La normativa busca combatir el ausentismo escolar, considerándolo uno de los principales factores de riesgo para el abandono escolar y la discontinuidad del aprendizaje.
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La DGE ajusta las exigencias de asistencialismo escolar.
Foto: Cristian Lozano
DGE: nueva disposición en la asistencia escolar del Primario
A partir de esta reglamentación, publicada este viernes en el Boletín Oficial, se deroga la resolución anterior (N° 0629/2016) para dar paso a un sistema que prioriza la presencialidad como una condición pedagógica indispensable y no solo como un requisito administrativo.
Asistencia esperada: el objetivo fijado para todos los alumnos es alcanzar el 90% de asistencia sobre los días hábiles del calendario escolar.
Umbral crítico y recuperación: aquellos estudiantes que no alcancen el 80% de asistencia anual al 15 de noviembre deberán asistir obligatoriamente al Período de Intensificación de Saberes en diciembre, incluso si han aprobado todas las materias con notas superiores a 7.
Excepciones justificadas: quedan exentos de la obligatoriedad del período de intensificación quienes justifiquen sus faltas mediante certificados médicos de especialistas o aquellos alumnos deportistas federados que participen en eventos fuera de la provincia.
Escolaridad Protegida: se establece un régimen especial para estudiantes con Certificado Único de Discapacidad (CUD) o patologías crónicas, permitiendo trayectorias alternativas coordinadas entre distintas direcciones educativas para garantizar su continuidad sin castigar su salud.
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El objetivo central es que los alumnos alcancen el 90% de asistencia sobre los días hábiles del calendario escolar.
Foto: Cristian Lozano
El semáforo de la asistencia
La normativa introduce una clasificación detallada para monitorear el riesgo académico de cada estudiante según su permanencia en el aula:
95% a 100% de asistencia: el riesgo académico es nulo.
85% a 94% de asistencia: el riesgo academigo es bajo.
81% a 84%de asistencia: el riesgo académico es moderado.
76% a 80% de asistencia: el riesgo académico es alto.
Menos del 75% de asistencia: el riesgo académico es extremo.
Para garantizar el cumplimiento de estos objetivos, las escuelas deberán designar un "Líder de Asistencia". Esta figura, que puede ser un directivo o un docente con liderazgo comunitario, será la encargada de realizar el seguimiento de los casos críticos y coordinar con las familias.
En los casos donde el alumno caiga en niveles de "riesgo académico" (menos del 76%), los adultos responsables deberán firmar un acta de compromiso para revertir la situación.
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Las escuelas deberán designar un "Líder de Asistencia".
Desde la DGE señalaron que estas medidas no tienen un fin punitivo, sino que funcionan como un "dispositivo de cuidado" para asegurar que todos los niños y niñas de Mendoza ejerzan efectivamente su derecho a aprender de manera continua y completa.