"La resolución es nula"

"Mapuches" en el Sur: lo que no hizo y lo que debe hacer la Provincia, según un especialista

José Luis Correa, experto en derecho administrativo, interpretó la cesión de tierras a autopercibidos mapuches en el Sur y aclaró cuáles son los pasos a seguir.

La cesión de miles de hectáreas de tierras en el sur de Mendoza a comunidades autopercibidas mapuches sigue dejando tela para cortar. Mientras la Provincia –junto al asesor de Gobierno y el Fiscal de Estado- ultima detalles para plantear un recurso de nulidad de las resoluciones del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), un especialista en derecho administrativo analizó los pasos procesales que antecedieron a la medida, y los que debería dar el Ejecutivo provincial.

Se trata del abogado José Luis Correa, quien estudió las resoluciones del organismo nacional que reconocieron la “ocupación actual, tradicional y pública” de dos comunidades mapuches sobre los terrenos ubicados en San Rafael y Malargüe.

“La resolución es nula de nulidad absoluta”

El integrante de la cátedra de Derecho Administrativo de la Facultad de Derecho de la UNCuyo marcó algunos errores en el diseño de las resoluciones del INAI y los expedientes por los cuales se elaboraron.

En primera instancia, dejó claro que los bienes de dominio público no pueden ser poseídos, e hizo hincapié en la aclaración que hizo el propio vicepresidente del INAI, Luis Alberto Pilquimán, quien explicó que las normas publicadas en el Boletín Oficial no entregan propiedades, sino que reconoce la ocupación actual.

Por otra parte, destacó que “la resolución es nula de nulidad absoluta” ya que parte de la base de que las beneficiadas son comunidades indígenas, cuando en realidad se trata de “cinco familias que habitan en El Sosneado y cuatro en Los Molles” que ante la Justicia provincial no pudieron acreditar que vivían en comunidad (fallo Sominar de la cámara de Apelaciones de San Rafael y fallo Luchessi de la Suprema Corte) y –por lo tanto- tuvieron fallos adversos.

mapuches, tierras Malargüe
Algunos de los terrenos que fueron reconocidos a los mapuches como ocupantes tradicionales

Algunos de los terrenos que fueron reconocidos a los mapuches como ocupantes tradicionales

Además, remarcó que el expediente no cumple con los requisitos de subjetividad y objetividad con los que debe contar una norma administrativa de carácter general. “Es un expediente totalmente ideologizado, que (en algunos de sus pasajes) se refiere al expresidente (Julio) Roca como ‘el genocida’ y a Rufino Ortega como ‘el ladrón’”.

Asimismo, reparó en la presunta descendencia mapuche de los ocupantes, cuando ese grupo “no es una población originaria en la Argentina, sino que ingresó a principios del siglo XIX a invadir las pampas argentinas y masacrar a todas las poblaciones indígenas existentes en ese entonces en el país: huarpes, pehuenches y tehuelches”.

“Han utilizado a los mapuches porque es la única fuerza terrorista que quita tierras en el Sur. Cuando trataron de desalojarlos, comenzaron a llamarse mapuches ”, señaló, aunque aclaró que “sí son puesteros”.

La inacción y los pasos administrativos que debería dar la Provincia

Correa sostuvo que más allá de las falencias administrativas de las resoluciones del INAI, también existió “desidia o inacción” de los gobiernos locales, tanto del provincial como los municipales, ya que durante el proceso de relevamiento de los terrenos fueron notificados y no hubo objeciones. “Tendrían que haberse hecho parte”, resaltó.

Por otra parte, el especialista dio cuenta que Mendoza cuenta con leyes provinciales para interceder: planes de colonización (Ley 4.711) y el programa de promoción y arraigo de puesteros (Ley 6.086), pero no actúa en consecuencia.

En ese sentido, planteó que la intervención no debe perseguir la expulsión de los puesteros, sino que protegerlos y buscarles una solución, porque “viven ahí hace 140 años y hay que atender la situación social, en cumplimiento de la Ley”.

Rodolfo Suarez
El Gobierno de la Provincia prepara el recurso de nulidad de las resoluciones del INAI que favorecieron a autopercibidos mapuches

El Gobierno de la Provincia prepara el recurso de nulidad de las resoluciones del INAI que favorecieron a autopercibidos mapuches

Respecto a los pasos administrativos/judiciales, el letrado aseguró que la “Ley nacional de procedimiento administrativo establece que los actos administrativos de alcance general –como este en particular- son recurribles judicialmente”.

Para ello, la Provincia cuenta con 15 días hábiles para recurrir administrativamente las resoluciones del INAI, y 90 días para interponer una acción ante la Justicia Federal. Manifestó que Mendoza, los municipios (Malargüe y San Rafael) y los propietarios privados de las tierras en litigio constituyen lo que en Derecho se denomina “terceros coadyugantes”, que pueden “comparecer a proceso y adherir a la acción del otro”.

También subrayó que la presentación judicial puede hacerse en tribunales locales, tal la jurisprudencia nacional lo indica en procedimientos civiles de este tipo. “La Provincia puede presentarse ante el juez civil de Malargüe, al igual que el Municipio, y pedir por acción procesoria de recobrar, en el caso que se hubiera transferido la posesión, y si no pedir la suspensión de la ejecución mientras tramita el pedido de nulidad de las dos resoluciones del INAI”, detalló Correa.

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