La Quinta Cámara de Apelaciones en lo Civil ratificó un fallo del Primer Tribunal de Gestión Asociada, que condenó a la fundación Coprosamen (Comisión Provincial de Sanidad Animal Mendoza) a devolver $8.900.000 a la Dirección de Ganadería por irregularidades en las rendiciones de los fondos otorgados por ese organismo en 2016 para diferentes planes ganaderos.
La causa fue iniciada en la justicia civil por la Fiscalía de Estado luego de que en 2018 el Tribunal de Cuentas impusiera cargos a la entidad sin fines de lucro integrada por productores mendocinos por no haber cumplido con los informes y exhibición de comprobantes para ratificar el correcto uso de los recursos otorgados por el Estado.
En el dictamen que firma la jueza Beatriz Moureu -con la adhesión de sus pares Carla Zanichelli y Patricia Canela- la magistrada asegura que la sentencia en primera instancia "resuelve de modo ajustado en base a la normativa aplicable y a los hechos, mientras el apelante (Coprosamen) no logra revertir aspectos centrales de la misma".
Si bien concede que los controles por parte de la Dirección de Ganadería fallaron -una de las razones que esgrimió la defensa-, resalta que el Tribunal es el ámbito natural de examen si las cuentas de percepción o inversión de fondos públicos han sido realizadas conforme la Constitución, las leyes o normas en vigencia.
"Coprosamen debía presentar a la Dirección de Ganadería no sólo la documentación que respaldara las rendiciones de cuentas sino los informes respectivos y ésta efectuar los controles pertinentes. Ello así, debido a que se anotaron inconsistencias las cuentas no rendidas corresponden a un monto de $8.900.000 ya que de los $13.100.000, si se tuvo acceso a la rendición por un monto de $ 4.200.000", explica Moureu.
Asimismo, resalta que "tampoco se consideraron cumplidas las exigencias que debían tener las cuentas. Siendo así, si bien la accionada pudo presentarlas ante la Dirección de Ganadería o incorporar a la causa la documentación compulsada por el perito contador, no se advierte que su obligación se encuentre efectuada en los términos requeridos".
Por último, reseña que "la rendición de cuentas no implica una mera formalidad sino que debe acreditarse que los gastos sean conformes al operativo previsto a fin de que los aportes sean aplicados a cada plan".