La decisión judicial de que en Mendoza las personas contagiadas de Covid-19 o con síntomas compatibles con la enfermedad no podrán votar en las elecciones legislativas de 2021, afectará a miles de mendocinos.
La decisión judicial de que en Mendoza las personas contagiadas de Covid-19 o con síntomas compatibles con la enfermedad no podrán votar en las elecciones legislativas de 2021, afectará a miles de mendocinos.
Elecciones: Bento determinó que las personas contagiadas o con síntomas de Covid no podrán votar
Tal como adelantó este sábado SITIO ANDINO, el juez federal con competencia electoral, Walter Bento, determinó a través de una resolución la medida que afectaría a miles de mendocinos que no podrán ejercer su derecho al voto.
Aunque, ese número es difícil de determinar debido al dinamismo lógico, se puede establecer un cálculo. Por ejemplo, al día de hoy son unos mil los casos activos de Covid 19. Sin embargo, a esos deben sumarse los casos sospechosos, es decir aquellos que tengan síntomas (que podrían contabilizarse según la cantidad de hisopados que se realizan que, por ejemplo el viernes superaron los 2.000) y al día de las elecciones, es decir el domingo 12 de septiembre, no tengan el resultado de su hisopado.
A estos casos se suman los de aquellas personas que sean contacto estrecho de los casos positivos, cuyo número es imposible determinar. Ante estas situaciones, la persona deberá justificar su no asistencia a los comicios con la presentación del certificado de Covid positivo de la persona contagiada ante la justicia Electoral.
A diferencia de lo sucedido a nivel nacional, el juez Bento (que se encuentra procesado por supuestas coimas) estableció que se le prohibirá la entrada a las escuelas a quienes manifiesten estar comprendidos en alguna de estas causales. "Se establece como regla general, que las personas que estén cursando la enfermedad del Covid19, y/o tengan síntomas compatibles, deberán cumplir con el aislamiento establecido oportunamente por las autoridades correspondientes, y no deben presentarse a votar. El no voto por tales razones se encuentra justificado, por lo cual dentro de los 60 días posteriores a la elección, deberá realizar el trámite para su justificación con la certificación médica correspondiente", estableció Bento en la Resolución nº 254/2021, con fecha del 4 de septiembre.
Además, el juez incluyó un protocolo sanitario específico para la actividad: uso obligatorio de tapabocas en todo momento, distancia entre electores/as entre líneas internas y externas, prioridad de votación para mayores de 70, personas con movilidad reducida, embarazadas con niños/as o que requieran asistencia especial.
En los lugares de sufragio habrá alcohol en gel, el DNI solo se mostrará (sin entregarlo en la mano), quienes se dirijan a votar deberán llevar su propia lapicera y se solicitará que acudan sin acompañantes.