En la misma resolución en la que avaló las listas colectoras en Mendoza para las PASO del 12 de septiembre, el juez federal con competencia electoral, Walter Bento, envió compulsa al Ministerio Público Fiscal por la denuncia del apoderado de "Compromiso Federal" sobre una presunta violación del artículo 248 del Código Penal (CP) por parte del gobernador Rodolfo Suarez, al presentarse como precandidato a senador nacional suplente por Cambia Mendoza. Finalmente, la Justicia local resolvió que no hay delito y archivó la causa.
Lo dictaminó la fiscal subrogante Gabriela García Cobos, de la Unidad Fiscal Correccional, quien indicó que no corresponde investigar al primer mandatario al entender que "el accionar denunciado, prima facie, no constituye delito por cuanto no encuadra en ninguna figura penal".
Gabriela García Cobos, fiscal de instrucción (Foto: Prensa Gobierno de Mendoza)
"Las normas nunca son ajenas al tiempo en que se dictan (...), responden a los tiempos y a sus circunstancias. En aquella época (...) se tuvo un objetivo claro y específico que respondía a un sistema de elección de los miembros del senado que hoy no existe. El cambio de los tiempos hace que dicha norma ya no pueda proteger aquello que tenía por objeto: evitar manipulación en el sistema indirecto de elección", firma García Cobos.
En tal sentido, considera que el artículo 115 "ya no responde al objetivo originario al momento de su sanción", que era evitar que el gobernador de turno influyera en la Legislatura cuando era en ese ámbito donde se elegían los senadores que representarían a Mendoza en la Cámara Alta del Congreso nacional. "Esta disposición hoy carece de sustento pues, en la actualidad, son los propios ciudadanos quienes, a través del voto, evalúan si el gobernador ha cumplido bien con sus deberes y no existe posibilidad alguna de influencia para poder acceder al cargo", expone la fiscal de instrucción.
Por último, postula la inexistencia del delito que prevé el art. 248 del CP debido a que "no se advierte que la acción denunciada implique un ejercicio abusivo o arbitrario cometido con la clara intención de violar la Constitución".
"No hay evidencia alguna de utilización de la función pública como medio o instrumento para violar la normativa constitucional", concluye la fiscal.