6 de abril de 2026
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hasta 10 personas

Desde hoy se retoman las reuniones con la familia tras más de 60 días de cuarentena

Por Sección Sociedad

Después de más de 60 días desde que se decretó el aislamiento obligatorio, social y preventivo, en Mendoza desde hoy, se podrán realizar las reuniones familiares familiares de no más de 10 personas solo para los días sábados, domingos y feriados. Así lo dispuso el Gobernador Rodolfo Suarez a través del Decreto 635.

Los controles serán estrictos y estarán a cargo de la Policía y de los municipios. También habrá un número de celular -el 148- para denunciar a los infractores.

El ministro de Gobierno, Trabajo y Justicia de la provincia, Víctor Ibáñez precisó este viernes que "existe un marcado protocolo para la realización de estas reuniones y que lo tenemos que cumplir", resaltó el funcionario y aclaró que "no son reuniones de amigos, no son eventos, no son festejos ni ningún evento que sea masivo". "Tiene una limitación clara de 10 personas y se trata de nuestra familia más cercana: nuestros padres, nuestros hermanos y nuestros hijos y, por supuesto, los cónyuges de cada uno".

Ibañez aclaró podrán recorrer para visitar a los familiares. "No solamente estamos hablando de una cercanía familiar, es decir, de nuestros lazos más cercanos, sino también de una cercanía geográfica, estamos hablando de la familia de cercanía, aquella que tenemos cerca en el territorio, en el departamento o en un departamento aledaño", explicó. 

Las reuniones familiares, hasta un máximo de diez (10) personas con parentesco por consanguinidad, afinidad o adopción, hasta el segundo grado en línea ascendente, descendente o colateral. Las mismas se podrán realizar sólo los días sábados, domingos y feriados, en horario de 9 a 23 y cumpliendo con el estricto protocolo.

Protocolo para reuniones familiares dispuesto por el Gobierno

  • Las reuniones familiares autorizadas por la presente norma, están limitadas a grupos familiares de cercanía, tanto en las condiciones determinadas por el art. 1°, como por su situación geográfica.
  • Para casos de personas mayores de 60 (sesenta) años o incluidas en los denominados grupos de riesgo, se recomienda evitar sus traslados.
  • A los fines de la reunión, no habrá limitaciones en razón del número de DNI.
  • Deberán realizarse en domicilios particulares. Quedan prohibidas las reuniones en espacios públicos o sitios de alquiler como salones, campings, etc.
  • Bajo ninguna circunstancia podrán realizarse reuniones sociales o juntadas que no sean exclusivamente familiares.
  • La presente disposición NO implica la autorización de festejos o eventos sociales públicos o privados que no sean familiares, los cuales se encuentran expresamente prohibidos.
  • Para el caso que se detecten reuniones que incumplan esta normativa, quedan habilitados para efectuar las correspondientes denuncias el teléfono 911 y la app 148 Mendoza (descarga en playstore), o en la web www.mendoza.gov.ar/consultas/
  • Se recomienda que la reunión se realice en un espacio abierto o con adecuada ventilación.
  • No podrá haber más de diez (10) personas reunidas en el mismo domicilio.
  • No podrá utilizarse el transporte público para desplazarse hacia el lugar de reunión.
  • Se deberá concurrir con tapaboca y/o barbijo.

Medidas de higiene recomendadas

  • .Disponer de solución de agua con alcohol al 70% y/o alcohol en gel en el domicilio.
  • Desinfectar los pisos y los utensilios o implementos utilizados una vez finalizada la reunión.
  • No compartir utensilios o vajilla.
  • Mantener distancia de al menos 2 metros entre personas.
  • Evitar en la medida de lo posible el contacto físico con otras personas.
  • Higienizarse las manos frecuentemente con agua y jabón o en su defecto con alcohol en gel o solución sanitizante.
  • Usar toallas de papel para el secado de manos y descartarlas inmediatamente después de su utilización en bolsa de residuos.
  • Evitar tocarse el rostro con las manos.

El decreto establece que quedan exceptuadas de las reuniones familiares:

  • Aquellas personas que presenten cualquier tipo de sintomatología compatible con el Virus-COVID SaRS-CoV-2 tales como fiebre, tos seca, disnea (ahogo o dificultad para respirar), congestión nasal, astenia (cansancio), mialgias (dolores musculares), odinofagia (dolor de garganta), anosmia (pérdida del olfato) y/o ageusia (pérdida del gusto), cefaleas o diarreas, quienes deberán seguir los protocolos pertinentes dispuestos por la autoridad Sanitaria Provincial.
  • Quien haya estado en contacto, en los últimos 21 (veintiún) días: con individuos que hayan presentado los síntomas precedentemente indicados; con pacientes confirmados de Virus-COVID SaRS-CoV-2; con personas que se encuentren a la espera del resultado de un test para Virus-COVID SaRS-CoV-2.

El incumplimiento del protocolo  será penado con una sanción de multa de PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000) para el anfitrión o propietario del inmueble donde se constate la infracción, según corresponda y cada Municipio será el encargado de controlar que las personas cumplan con lo establecido y lo recaudado de las multas irá destinado al sistema de salud de la Provincia o del Municipio, según quien hubiere constatado la infracción.

Respecto a este punto, Ibañez explicó que "los funcionarios que realizan este control no pueden ingresar al domicilio, sino solicitando el ingreso al dueño o dueña de casa. Pero sí se podrán hacerse presentes para ver qué cantidad de gente hay y quiénes están y poder hacer un control con todo el respeto constitucional que tiene la propiedad privada, salvo en los casos que se formule una denuncia por parte de los vecinos".

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