La Cámara Baja provincial avanza con la discusión de dos proyectos que resultaron esquivos para la Legislatura y no tuvieron un tratamiento veloz cuando fueron presentados: la creación de una guía técnica para abortos no punibles y la derogación de la ley que prohíbe la venta de misoprostol en Mendoza.
Ambas iniciativas obtuvieron "preferencia con despacho" en la sesión de este miércoles, por lo que se debatirán en comisiones en breve para obtener el visto bueno y que pasen al recinto.
El artículo 86 del Código Penal (modificado en 1921) indica lo siguiente:
El aborto practicado por un médico diplomado con el consentimiento de la mujer encinta, no es punible:
Si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y si este peligro no puede ser evitado por otros medios.
Si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente. En este caso, el consentimiento de su representante legal deberá ser requerido para el aborto.
En 2012, la Corte Suprema de la Nación ratificó lo establecido por la ley que data de hace casi un siglo con el fallo del caso FAL. Además, el Estado nacional creó la guía técnica para la atención integral de los abortos no punibles, a la que Mendoza aún no adhiere pero desde el Gobierno aseguran que utilizan un protocolo propio.