21 de marzo de 2026
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Legislatura

Mendoza es la primera provincia que avanza en una ley para prevenir el grooming

Por Mariano Fiochetta

La Cámara Baja mendocina aprobó por unanimidad y envió en segunda revisión al Senado el proyecto de ley que apunta a generar políticas públicas que combatan el acoso sexual virtual a niños, niñas y adolescentes (grooming). De esta manera, la provincia es la primera en el país en avanzar con una norma de estas características.

La iniciativa fue impulsada por el diputado Guillermo Pereyra (FR) y, posteriormente, recibió aportes de propuestas similares de Lucas Ilardo (Unidad Ciudadana), Tamara Salomón (UCR) y de la senadora Ana Sevilla (PJ). Así, este miércoles recibió el apoyo de todos bloques y la ley pasó a la Cámara Alta para su sanción final.

Con una discusión que arrancó en mayo dentro de la Legislatura y se profundizó en las últimas semanas, la práctica ya se castigaba en el ámbito penal desde el 2013, pero la problemática no tuvo la difusión suficiente en la sociedad.

El artículo 131 del Código Penal indica que "será penado con prisión de seis (6) meses a cuatro (4) años el que, por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contactare a una persona menor de edad, con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma".

En Mendoza, en tanto, ya hubo 70 denuncias de víctimas de grooming que llegaron a la Justicia, y se calcula que siete de cada diez personas desconocen de qué se trata este flagelo.

Si se convierte en ley este proyecto, el Estado provincial deberá establecer programas específicos para prevenir esta modalidad de acoso. Estas serán las responsabilidades del Ejecutivo:

  • La creación de cartillas y folletos informativos.
  • La distribución de las cartillas y folletos informativos a Clubes de barrio, Sociedades de fomento y ONG relacionadas con los derechos de niños, niñas y adolescentes, relevando el informe correspondiente que corrobore la entrega de los mismos.
  • La formación de docentes en la temática.
  • La creación de una página web que deberá contar con:
  • Información y estadísticas que señalen el desarrollo de la problemática en la provincia de Mendoza como también información relativa a otras provincias y el país, promoviendo de esta manera el conocimiento de los mecanismos usados para cometer estos delitos. También herramientas que permitan a los adultos -tutores, padres, educadores, etc.- poder prevenir e identificar situaciones peligrosas.
  • Filtro de contenidos: la página web contará con la posibilidad de descargar, de manera fácil y gratuita, un filtro de contenidos que de manera tal se disminuyan las posibilidades de que niños, niñas y adolescentes sufran cualquier acción contra su integridad sexual y/o psicológica.
  • Seguimiento y evaluación del desarrollo de las actividades programadas.
  • Además se pondrá a disposición una línea telefónica gratuita y un correo electrónico con el fin de brindar asistencia legal y psicológica a víctimas de ciberacoso sexual infantil, a sus familiares o a cualquier persona que presente dudas o interés al respecto.
  • Las dependencias públicas que posean acceso a Internet deberán contar con cartelería de advertencia correspondiente y con filtros de contenido, para evitar de esta manera situaciones peligrosas.
  • Los comercios que brinden acceso público a Internet, locutorios, cibercafés, etc. deberán contar con cartelería de advertencia sobre el ciberacoso y de difusión del artículo 131 del Código Penal.

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