La Cámara Civil rechazó hoy la demanda por "daños y perjuicios" del boxeador Ignacio Artime contra el promotor Osvaldo Rivero, por las lesiones y posterior incapacidad que sufrió en su primer combate como profesional.
La Cámara Civil rechazó hoy la demanda por "daños y perjuicios" del boxeador Ignacio Artime contra el promotor Osvaldo Rivero, por las lesiones y posterior incapacidad que sufrió en su primer combate como profesional.
Artime demandó a Rivero por las lesiones que "le fueron causadas en el espectáculo de boxeo que tuvo lugar el 21 de junio de 2008, en el Gimnasio Municipal de Berisso, Partido de La Plata".
En esa velada, Artime -quien debutaba como profesional a los 29 años de edad- abandonó en el tercer round tras sufrir duro castigo por parte de su rival, Héctor Bordón Olmedo.
Artime reclamó "a los organizadores del evento deportivo el pago de los daños que invoca porque -según entiende incumplieron los reglamentos al no haberlo asistido inmediatamente después de la pelea".
"Como la organización no previó la eventualidad del daño experimentado y no contaba con un médico ni puso a disposición del boxeador una ambulancia para trasladarlo de inmediato, sino que ésta tardó más de la cuenta, entiende que los emplazados son responsables por las secuelas remanentes", sostenía la demanda.
Sin embargo, las camaristas María Isabel Benavente, Mabel De los Santos y Elisa Díaz de Vivar, tomaron en consideración un informe médico que "no atribuyó las lesiones subsistentes a la demora en la atención".
Artime padeció un "edema subdural" que obligó a una intervención quirúrgica y una larga recuperación, pero la lesión "se produjo a raíz de los golpes recibidos durante la pelea a la que se sometió voluntariamente".
Para las juezas, no hay constancias de "que la tardanza hubiera modificado el curso de los hechos o hubieran disminuido las secuelas peritadas", por lo que rechazaron la demanda.
Fuente DyN

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