El gobierno nacional aprobó el décimo proyecto del Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) y la cifra total supera los 20 millones de dólares que serán destinados a iniciativas de minería y energía, en su mayoría.
El gobierno nacional aprobó una decena de iniciativas bajo el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI). Los detalles.
El gobierno nacional aprobó el décimo proyecto del Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) y la cifra total supera los 20 millones de dólares que serán destinados a iniciativas de minería y energía, en su mayoría.
El RIGI fue creado "para impulsar el desarrollo económico del país y atraer inversiones nacionales y extranjeras" -según la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA)-, pero los proyectos tienen que estar destinados a rubros específicos, estos son:
Ya son ocho las provincias que cuentan con inversiones aprobadas por el RIGI, y el sector privado motoriza el impulso de los proyectos. San Juan, Río Negro y Buenos Aires tienen dos iniciativas habilitadas cada una.
Si bien la provincia de Mendoza fue la primera en lograr la aprobación de un proyecto bajo el RIGI, con el parque solar El Quemado, el monto de inversión es el menor comparado con las propuestas del sector privado en otras jurisdicciones. Río Negro figura como la provincia con mayor inversión, pero el proyecto de Vaca Muerta Sur es compartido con Neuquén.
El gobierno nacional también impulsa un proyecto de mini RIGI, también llamado Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI), que sería incluido en la reforma laboral.
El objetivo es incentivar las medianas inversiones nacionales y extranjeras, promover el desarrollo económico y de las cadenas de valor, desarrollar y fortalecer la competitividad de los diversos sectores económicos, incrementar las exportaciones de mercaderías y servicios; y favorecer la creación de empleo.
Se consideran inversiones productivas a aquellas destinadas a la adquisición, elaboración, fabricación o importación de bienes muebles nuevos -excepto automóviles-, amortizables en el impuesto a las ganancias, así como a la realización de obras, a ser afectadas directamente al desarrollo de actividades productivas en el país. Están expresamente excluidos del régimen las inversiones en activos financieros, de portfolio y bienes de cambio.
El monto de las inversiones productivas efectuadas durante los dos primeros años a partir de la implementación del régimen debe ser igual o superior a las siguientes sumas:

