6 de mayo de 2026
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Cambios en el comercio electrónico: cómo operarán el Botón de Arrepentimiento y Baja de Servicios

El Gobierno nacional exige a los proveedores online incorporar el Botón de Arrepentimiento y de Baja para dar más transparencia en el comercio electrónico.

Por Sitio Andino Economía

En el marco del crecimiento del comercio electrónico, el Gobierno nacional puso en marcha una nueva normativa que obliga a los portales de ventas online a incorporar dos herramientas claves: el Botón de Arrepentimiento y el Botón de Baja de Servicios. Ambos deberán estar visibles, de fácil acceso y no requerir trámites adicionales.

La disposición fue anunciada por el Ministerio de Economía, a través de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial, y quedó oficializada mediante la Disposición 954/2025, publicada en el Boletín Oficial. El objetivo central es reforzar la transparencia en las operaciones online y otorgar mayor seguridad a los usuarios que compran o contratan a distancia.

Comercio electrónico: cómo funciona cada uno de los botones

El Botón de Arrepentimiento permitirá a los consumidores revocar la aceptación de un producto o servicio dentro de los diez días corridos posteriores a la operación. Por su parte, el Botón de Baja de Servicios facilitará la rescisión de contratos sin necesidad de registración previa ni requisitos adicionales.

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El Gobierno nacional dispuso la puesta en marcha del Botón de Arrepentimiento el de Baja de Servicios

El Gobierno nacional dispuso la puesta en marcha del Botón de Arrepentimiento el de Baja de Servicios

La norma establece que las empresas tendrán un plazo de 24 horas para comunicar al usuario un código de identificación de la gestión realizada y concretar la baja o la revocación. Además, fija que los canales de atención telefónica o digital deberán funcionar al menos ocho horas diarias en días hábiles.

Existen, sin embargo, algunas excepciones. Para espectáculos, eventos deportivos y servicios turísticos con fechas determinadas, la cancelación deberá realizarse con al menos 24 horas de anticipación. También quedan exceptuados los productos perecederos, los bienes ya consumidos y las contrataciones con fines de reventa o producción.

Las empresas dispondrán de 60 días corridos para adecuar sus plataformas digitales a la nueva disposición. El incumplimiento será sancionado conforme a lo previsto en la Ley de Defensa del Consumidor (24.240), lo que refuerza la importancia de su aplicación en el comercio digital/ Noticias Argentinas

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