Planes de ahorro: qué hacer ante el inclumplimiento de la resolución judicial
Las administradoras de planes de ahorro de automóviles actualmente incumplen la sentencia judicial que falló en su contra. Cómo proceder.
Planes de ahorro: qué hacer ante el inclumplimiento de la resolución judicial.
Planes de ahorro: qué hacer ante el inclumplimiento de la resolución judicial
Si bien en el mes de febrero parecía que llegaría el alivio para aquellos que quedaron atrapados en los planes de ahorro de automóviles, hasta el momento las administradoras continúan inclumpliendo la sentencia judicial. La abogada Natalia Mícoli, de la Fundación para el Desarrollo Regional "Fundar" explicó a Medios Andinos cuál es la situación y cómo proceder con el trámite.
"No ha pasado nada hasta el momento. Durante todo este tiempo las administradoras no han dado cumplimiento con la resolución judicial, por lo tanto están reinscriptas las prendas", dijo Mícoli.
Y continuó: "Por ejemplo, ingresa un vehículo a un divorcio, pero este no se puede terminar si no levantamos la prenda. Entonces, ante el incumplimiento de las administradoras, ¿qué hacemos para poder levantar la prenda? Porque el registro del automotor nos va a pedir el libre deuda".
En ocasiones normales, recordó la abogada, el libre deuda era enviado por las administradoras a los concesionarios, quienes lo otorgaban. "En esta oportunidad, la demanda fue contra las administradoras, por lo tanto los concesionarios no están en condiciones de otorgar el libre de deuda".
"Muchos ahorristas van a pedir el libre de deuda y les dicen que no porque todavía tiene una deuda de 12 millones, que es el monto que aproximadamente se está manejando. Pero esa deuda no existe porque las administradoras no dieron cumplimiento con la devolución de los importes y la reliquidación de las 84 cuotas del plan", agregó.
Embed - El incumplimiento de la SENTENCIA JUDICIAL en los PLANES DE AHORRO.
Ante esta situación, la profesional destacó que hay que trabajar desde lo contable. "Tenemos que buscar una persona que nos lleve las 84 cuotas del plan a los términos de la sentencia. Así, por ejemplo, se puede identificar si desde la cuota 1 hay sobreprecio".
Pese a que el límite no está establecido, resulta clave ejecutar la sentencia de manera individual.
"Si bien estamos en un proceso colectivo, cada uno tiene que presentarse con su liquidación y reclamarle a la administradora la devolución de los fondos que se han cobrado de más, conforme a ese monto. Además, el levantamiento de la prenda, que son cargos y costos que los tiene que seguir soportando el ahorrista, cuando en realidad por resolución judicial lo debería abonar cada una de las administradoras, porque es el perjuicio que se le ha generado", dijo Mícoli.
Punto por punto: cómo avanzar el trámite
Según explicó la letrada, en primera instancia se debe buscar a un contador para realizar las liquidaciones. "Muchas veces dicen que tienen el recibo de pago, pero no es así. La parte contable establece el valor móvil, liquida la alícuota, el valor del seguro de vida, el valor de cada uno de los ítems".
"Si bien sirve el cupón de pago, porque acredita el pago, a la persona que vaya a hacer la liquidación no le va a servir porque todos estos ítems tienen que ser llevados a sí o sí a los términos de la sentencia", sostuvo Natalia Mícoli.
Una vez realizada la liquidación, en la que se determina cuánto se tiene a favor de esas 84 cuotas, "vamos al expediente para solicitar el levantamiento de la prenda".