El Código Penal Argentino a partir de 2012 trajo como novedad lo que popularmente se conoce como figura del femicidio, aunque no aparece esa palabra en ninguna parte del libro que tipifica los delitos en el país.
El ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, confirmó que el Gobierno tiene la firme decisión de enviar un proyecto para eliminar la figura de femicidio del Código Penal.
El Código Penal Argentino a partir de 2012 trajo como novedad lo que popularmente se conoce como figura del femicidio, aunque no aparece esa palabra en ninguna parte del libro que tipifica los delitos en el país.
Allí se dice textualmente: “El hombre que matare a una mujer mediando un contexto de violencia de género”. Pero, antes en el inciso 1 del artículo 80 más ampliamente penalizaba al “…que matare a su cónyuge, pareja, conviviente…”.
Es decir, con la incorporación del flamante inciso 11 se comenzaba a darle tratamiento puntual a una realidad acuciante que el legislador tomó como necesaria de ser reglamentada: la de las muertes de mujeres a manos de un hombre por razones de género, casi cotidianamente.
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De manera tal que no era redundante la normativa ni mucho menos una violación del principio de igualdad entre el hombre y la mujer. Por el contrario, era darle herramientas a la mujer para mitigar esa consuetudinaria desigualdad cívica que se reflejaba en la violencia ejercida sobre ella desde un poder físico y/ psicológico.
El tema es la perspectiva de género que se aplicó en los tribunales en casos donde no se ameritaba.
Interpretar que todos los asesinatos perpetrados por un hombre contra una mujer son en un contexto de género, es el error que llevó a pensar que todos son femicidios. Eso es lo que está mal.
Incluso, hay casos donde matar a la mujer que es pareja, tampoco se dan en contextos de esa naturaleza.
Para ser más claros: Lo que debería verificarse es la asimetría de poder, la dominación, el sometimiento, el subyugamiento por parte del agresor sobre su víctima… pero no siempre se analiza con precisión ni certeza si se dan esas circunstancias en los casos.
En la Corte de Mendoza, un ministro explicó con palabras más inteligentes un razonamiento que seguramente habría evitado esas ligerezas que algunos magistrados, siendo fiscales o jueces, tuvieron a la hora de darle perspectiva de género a ciertos asesinatos.
Lo que dijo este ministro, más o menos, fue: Para saber si hay contexto de violencia de género o no, habría que hacer el ejercicio mental que lleve a responder esta pregunta: si la víctima hubiera sido hombre, ¿lo habría matado igual?
Es que hay casos donde una discusión única y ocasional de una pareja, determinó el asesinato.
Lo que deben buscar los jueces, entonces, para sancionar con la pena prevista para el denominado femicidio, es si se da o no el requisito de tipicidad de esa figura que no es otra cosa que el contexto de violencia de género.
Sin embargo, es absolutamente infundado pretender analizar la situación desde el punto de vista matemático, para concluir que resultó efectivo cambiar el Código Penal, porque ello implica la inexactitud propia de las ciencias sociales que suelen generalizar los comportamientos humanos que si hay algo que tienen es ser tan cambiantes como personas hay. Así las cosas, no se puede argumentar contra la idea del femicidio, usando como base la cuantificación de casos previos y posteriores a su incorporación al Código Penal.
Pensemos, no más, que las sociedades se complejizan cuanto más crecen sus integrantes, cuanto más violencia de todo tipo comienza a existir en marcos de intolerancias, frustraciones, etc. No hay siempre una relación directa entre la dureza en las penas y la reacción social. Creer que uno homicida va a analizar el Código Penal para saber cómo le conviene cometer el delito para evitar menos años de cárcel, es una pretensión empíricamente incomprobable.
Ergo, razonar que el haber incluido en el 2012 el femicidio no disminuyó los asesinatos de mujeres a manos de los hombres y por ello no sirvió, es descontextualizar la realidad social.
Una ley penal per se no va a tener los efectos de eliminación de comportamientos humanos de carácter delictivo; como mucho puede tener una especie de advertencia cívica.
Sí hay que empezar a comprender que no son convenientes ni aconsejables las exageraciones en las interpretaciones normativas o en las aplicaciones de las sanciones, so pretexto de aggionarse a las ideologías de moda o, incluso, de demostrar plena adhesión a pactos internacionales.
Tal vez eso fue lo que llevó el femicidio al extremo de ser aplicado en casos donde no había contexto alguno de violencia de género.
Ciertos votos de altos magistrados, en tal sentido, suelen tener fundamentos más políticos que jurídicos a la hora de resolver causas o bajar línea a tribunales inferiores para darle una perspectiva de género a hechos que no la tienen.
Así las cosas, la figura del femicidio sí es una redundancia para situaciones sin ese contexto previsto en el Código y podría subsumirse perfectamente en el viejo agravante del vínculo, para darle también prisión perpetua al victimario.
Pero, también hay asesinatos de mujeres a manos de hombres donde esa idea de género dominante, explica el hecho criminal mucho más claramente que el simple homicidio.
La desigualdad que se observa en ciertas tipificaciones del Código Penal existe cuando no se ha dado al caso específico el tratamiento adecuado.
Las preguntas que nacen ahora son: si con un nuevo marco de política criminal en donde se evidencian nuevos vientos que han venido a reencausar las extralimitaciones judiciales a los casos bajo la denominada perspectiva de género, se alimentarán aún más los hechos violentos contras las mujeres o si las fiscalías de violencia de género deberán cambiar su nombre o directamente ser eliminadas?
Claramente, si el Congreso lo aprueba, modificar de nuevo el Código Penal para que asesinar a un hombre o a una mujer merezca el mismo tratamiento judicial, hará que todo hecho de violencia pueda caer en el razonamiento de que el contexto de género es algo que se exageró de tal manera que ahora es necesario abolirlo.
Y ahí la idea de igualdad a la que se pretende llegar volverá a darle cabida a desigualdades tradicionales entre hombres y mujeres.


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