Nueva ley

Cambios en la Salud por la ley de Historia clínica digital

El gobierno Nacional promulgó este jueves una nueva ley de salud para que los pacientes puedan acceder a su historia clínica mediante un sistema digitalizado

Este jueves el gobierno Nacional oficializó a la Ley 27706 de acceso a la Historia clínica a través del Decreto 144/2023 publicado en el Boletín Oficial. El documento contó con las firmas del presidente Alberto Fernández, el actual jefe de Gabinete, Agustín Rossi, y la ministra de Salud, Carla Vizzotti. La implementación de la ley realiza un cambio sustancial en el sistema de Salud.

El principal motivo de esta ley está en permitir que los pacientes puedan acceder libremente a su historia clínica a través de un sistema digital y funcional a lo largo de todo el país. Esta ley establece la creación del "Programa Federal Único de Informatización y Digitalización de Historias Clínicas de la República Argentina", respetando los Derechos del Paciente y por la ley 25.326 de Protección de los Datos Personales.

La ley fue sancionada el pasado 28 de febrero, fecha cercana para que la ley perdiera su estado parlamentario, luego de haber obtenido media sanción en el Senado casi 2 años antes.

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"Este programa permitirá garantizar que en todo el país haya una historia clínica digital única para cada persona, pertenezcan al sector público o al sector privado de atención sanitaria", destacó la Mónica Fein, diputada nacional y presidenta de la Comisión de Salud de la Cámara baja.

Y agregó que "la historia clínica es de las personas, de los pacientes. Sin embargo, en ocasiones ocurre que una persona se atiende en un sector y luego se pasa a otro, y tiene que empezar de cero" en ese sentido señaló que "con un diseño e implementación de software que garantice, entre otros puntos, la protección de datos personales, confiabilidad, seguridad en quien carga los datos y autenticidad de las personas".

"Hoy unas 15 provincias tienen historia clínica digital no integrada ni interrelacionada con un subsistema nacional. Este programa, con participación del Ministerio de Salud y el Consejo Federal de Salud crea un proceso progresivo donde todas las historias puedan interrelacionarse y crear el sistema único", explicó Fein.

El detalle de la norma

El texto de la norma resalta que: "En dicho sistema se dejará constancia de toda intervención médico-sanitaria a cargo de profesionales y auxiliares de la salud, que se brinde en el territorio nacional, ya sea en establecimientos públicos del sistema de salud de jurisdicción nacional, provincial o municipal, y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como en establecimientos privados y de la seguridad social", haciendo hincapié en que el sistema debería contener los datos clínicos de la persona desde su nacimiento hasta su fallecimiento.

"La información suministrada no puede ser alterada, sin que quede registrada la modificación pertinente, aun en el caso de que tuviera por objeto subsanar un error acorde a lo establecido en la ley 25.326 de Protección de Datos Personales y sus modificatorias", agrega la norma, asegurando de esta forma que la consulta de los datos quedará restringida a quien esté autorizado.

Fuente: El Litoral

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