Conflicto

Los fallos que evidenciaron la ruptura dentro de la Corte provincial

Dos fallos marcaron las diferencias entre los sectores filoperonistas y filoradicales en el máximo tribunal de la provincia.

Dos fallos impulsados por los ministros de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) mendocina Mario Adaro y Omar Palermo sacaron a la luz las diferencias, ya conocidas, entre los dos sectores que integran el organismo.

El último lunes, en sentencias similares de la Sala 2 de SCJ, se ordenó la reincorporación de dos empleados que habían integrado la gestión de Francisco Pérez, luego de la cesantía realizada por el gobierno de Alfredo Cornejo. Los casos fueron el espacio elegido para evidenciar las críticas del sector filoperonista a los jueces más cercanos al radicalismo, principalmente al presidente del cuerpo, Dalmiro Garay.

En ambos fallos, Adaro y Palermo se refirieron al “plenario y su uso discrecional” impulsado por el ex ministro de Gobierno de Cornejo, pero también en momentos en los que Garay no conducía la SCJ. “Se ha transformado en una constante en esta Suprema Corte de Justicia”, señalaron.

Así, tomaron como ejemplo el llamado a plenario por la constitucionalidad del ítem aula. “El plazo originario para el dictado de la sentencia definitiva en el proceso vencía el día 15 de diciembre de 2017. El día 14 de diciembre de 2017 fueron depositados los votos coincidentes de quien suscribe y del doctor Mario D. Adaro. Solo cuando faltaba la emisión del sufragio del doctor José V. Valerio, el entonces señor Gobernador de la Provincia solicitó que se convocara a dictado de fallo “Plenario”. Los deseos del ex mandatario fueron atendidos y la petición fue favorablemente resuelta”, sostuvieron.

Poder Judicial de Mendoza.
En dos fallos, una parte de la Corte criticó a la otra.

En dos fallos, una parte de la Corte criticó a la otra.

“La discrecionalidad se advierte no solo en las formas sino, como en el caso de autos, en los tiempos en los que se plantea el llamado. En efecto, con la evidente finalidad de impedir que resuelva la actual composición de la sala II, con sus jueces naturales, e imponer el bloque hegemónico de la actual integración, se llama a resolver en pleno después de que los votos ya han sido presentados”, destacaron en ambos fallos los jueces acerca de la utilización del plenario.

En ese sentido, aseguraron que el Poder Judicial se encuentra en el momento “de mayor debilidad institucional” desde la vuelta de la democracia. “No puede desconocerse que la imposición de mayorías automáticas tiene como consecuencia un disciplinamiento de las instancias anteriores del Poder Judicial. Además, la problemática se profundiza si se tiene en cuenta que tanto Consejo de la Magistratura y el Jury de Enjuiciamiento cuenta con las mismas mayorías, sin que el sistema de remoción de jueces y juezas esté sometido a un régimen especial de mayorías que ofrezca garantías de independencia judicial”, expresaron.

Las diferencias entre los sectores de la Corte se profundizaron desde la llegada de Teresa Day a la Corte, cuando el espacio filoradical pasó a tener mayoría automática en las sentencias por plenario (José Valerio, Garay, Pedro Llorente y Day) frente a la facción filoperonista (Adaro, Palermo y Julio Gómez).

De hecho, en 2020 los ministros “opositores” evitaron participar de la votación por Garay como presidente de la SCJ, ya que en la misma estuvo presente Day y en ese momento se cuestionaba su legalidad como integrante del cuerpo.

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