Crean una Unidad de Gestión Ambiental para controlar los proyectos mineros: cómo funcionará
Con esto se busca garantizar una minería participativa y sostenible en Mendoza, asegurando que los proyectos respeten los estándares ambientales y sociales establecidos.
La creación de la UGA apunta a elevar los controles de la actividad minera en Mendoza.
Una nueva resolución conjunta de las direcciones de Minería y de Protección Ambiental del Ministerio de Energía y Ambiente estableció un nuevo marco regulatorio para la minería y crea la Unidad de Gestión Ambiental (UGA), apunta a elevar los controles de la actividad. De acuerdo a la Resolución 37/24 y 11/24, de la UGA participarán organismos, instituciones educativas y ONG de todos los sectores a la hora de controlar y evaluar los distintos proyectos.
La Resolución conjunta de la Autoridad Ambiental Minera establece normativas y procedimientos para dar un marco regulatorio a todos los proyectos de prospección y exploración de minerales de primera y segunda categoría, incorpora la Unidad de Gestión Ambiental, un instrumento que, como en el caso de Malargüe Distrito Minero Occidental (MDMO), permite que diversos sectores participen como controladores y evaluadores de los proyectos mineros.
Según la resolución, el objetivo es “ejercer un control conjunto” en la actividad. La norma dice que “la Autoridad Ambiental Minera (AAM) deberá, mediante resolución fundada, constituir una Unidad de Gestión Ambiental (UGA) específica. Esta unidad estará integrada por los principales organismos sectoriales involucrados en el proceso de Evaluación de Informe de Impacto Ambiental (IIA) de los proyectos de prospección y/o exploración. La AAM podrá también incluir a otros organismos que no hayan sido seleccionados inicialmente como sectoriales”, afirma la normativa.
En el caso de los proyectos de exploración dentro del denominado Malargüe Distrito Minero Occidental, son 12 los informes independientes de sectores de investigación como el Conicet, organizaciones como el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) y de reparticiones como Hidráulica, el Departamento General de Irrigación, Transición Energética, Biodiversidad, Áreas Protegidas, entre otros, que han sido elaborados y enviados a la Autoridad Ambiental Minera para su análisis.
Proyectos mineros y el impacto ambiental
“La UGA es una herramienta muy útil para evaluar los proyectos mineros, de manera conjunta entre los diferentes sectoriales dictaminantes en un determinado proceso de evaluación de Informe de Impacto Ambiental (IIA), en proyectos mineros de prospección y exploración de minerales de primera y segunda categoría”, explicó el director de Minería, Jerónimo Shantal.
“Es un hecho que, para aquellos proyectos mineros dentro del MDMO que la Autoridad Ambiental Minera oportunamente apruebe, se constituirá la Unidad de Gestión Ambiental (UGA) y se integrará con los organismos dictaminantes, dando mayor participación y transparencia”, explicó Leonardo Fernández, director de Protección Ambiental.
“Las condiciones que están presentando los distintos sectoriales en sus informes del MDMO se transformarán en requerimientos, que posteriormente pasarán a formar parte del plan de manejo de las Declaraciones de Impacto Ambiental (DIA) y que los mismos sectoriales y la Facultad de Ciencias Aplicadas a la Industria (FCAI) controlarán como parte de la UGA”, destacó Shantal.
Con esta iniciativa, se busca garantizar una minería participativa y sostenible en Mendoza, asegurando que los proyectos respeten los estándares ambientales y sociales establecidos.
Estas medidas están en línea con la adhesión del Gobierno de Mendoza a la Iniciativa para la Transparencia de las Industrias Extractivas (EITI es la sigla de Extractive Industries Transparency Initiative), del Banco Mundial.
El objetivo de la EITI es que la explotación de los recursos contribuya al desarrollo sostenible y apunte al beneficio del conjunto de la ciudadanía.
Para esto, se promueve la gestión abierta y pública mediante la publicación periódica y estandarizada de información acerca de los regímenes aplicables a la exploración y explotación de hidrocarburos y minerales, volúmenes de producción y cotejo de pagos realizados y recibidos, además de la participación sectorial.