El Gobierno de Mendoza incorporó un nuevo Programa de Bienestar Animal del Parque Provincial Aconcagua con nuevas exigencias para empresas y arrieros, que deberán cumplir con horarios y protocolos veterinarios para evitar multas graves.
El Gobierno de Mendoza estableció un protocolo actualizado que deberán respetar las empresas prestadoras y arrieros en el Parque Provincial Aconcagua.
El Gobierno de Mendoza incorporó un nuevo Programa de Bienestar Animal del Parque Provincial Aconcagua con nuevas exigencias para empresas y arrieros, que deberán cumplir con horarios y protocolos veterinarios para evitar multas graves.
El Ministerio de Energía y Ambiente, a través de la Dirección de Áreas Protegidas, aprobó una normativa que actualiza el control, la fiscalización y la protección de los animales de carga, con los objetivos de "mejorar los procedimientos de control de ingreso y egreso" de las mulas y "optimizar la seguridad física de guardaparques, inspectores y veterinarios".
El Gobierno explicó que se elaboró tomando como base el programa vigente, las experiencias de fiscalización de la temporada anterior, el Protocolo de Ingreso de Mulas establecido para la temporada 2024-2025 y el análisis técnico de veterinarios de la Dirección de Biodiversidad y Ecoparque. Además, la normativa fue elevada a la Comisión Asesora del Parque Aconcagua.
La Resolución establece un régimen de sanciones actualizado, aplicable también al resto del Sistema de Áreas Naturales Protegidas de manera supletoria, con multas que ascienden hasta 50.000 UF ($25.000.000). Además, se establecen horarios y protocolos veterinarios.
Se establecen horarios precisos de ingreso tanto por la Quebrada de Horcones como por la Quebrada de Vacas, junto con los tiempos mínimos de descanso entre viajes y los días requeridos para los recorridos completos.
Se prohíbe el pastoreo de flora nativa, el pernocte de animales y arrieros en zonas no autorizadas —incluyendo Plaza Argentina Inferior y cualquier área por encima de los 3.300 metros— y se detallan los procedimientos obligatorios de actuación ante la detección de animales lesionados, priorizando la intervención veterinaria y el registro inmediato ante la Autoridad de Aplicación.
El régimen se clasifica en faltas leves, graves y muy graves, con multas y sanciones para empresas y arrieros.
Los incumplimientos van desde la falta de colaboración con inspectores y la presentación de animales no habilitados, hasta el maltrato animal, el uso de elementos prohibidos (espuelas, castigos contundentes), la manipulación negligente de cargas y la muerte de animales por acción u omisión.
Al finalizar cada temporada se elaborará un informe técnico con estadísticas de ingresos, rechazos, actas e indicadores de desempeño, que será presentado ante la Autoridad de Aplicación y ante la Comisión Asesora del Parque Provincial Aconcagua (CAPPA), a fin de mejorar el sistema año a año.

