6 de agosto de 2026
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Juicio

Juicio abreviado: confesó que atacó a tiros a un hombre y lo condenaron

La justicia condenó, tras un juicio abreviado, a un hombre que atacó a tiros a otro individuo tras una riña en Las Heras.

Por Pablo Segura

Un hombre fue condenado este miércoles a 5 años de prisión efectiva en un juicio abreviado realizado en el Polo Judicial Penal, luego de admitir haber baleado a otro durante una discusión ocurrida en Las Heras. La sentencia incluyó además la declaración de reincidencia.

El condenado es Emilio Alberto Svriz Rosales, quien confesó haber efectuado los disparos que hirieron gravemente a Rosendo Javier Pozo Mercado. El acuerdo entre la Fiscalía y la defensa fue homologado por la jueza Sonia Yornet.

La investigación determinó que, si bien el ataque fue cometido con un arma de fuego, no existían pruebas suficientes para acreditar que el acusado hubiera actuado con intención de matar, por lo que la calificación legal quedó encuadrada como lesiones graves agravadas por el uso de arma de fuego.

La agresión ocurrió tras una discusión en El Algarrobal

De acuerdo con los hechos acreditados en el expediente, la agresión ocurrió el 18 de junio de 2026, cerca de las 16, en la vereda de un domicilio ubicado en calle Montevideo 4976, del barrio San Pablo, en El Algarrobal, Las Heras.

En ese lugar, Emilio Alberto Svriz Rosales mantuvo un conflicto con Rosendo Javier Pozo Mercado y, en medio de la discusión, le efectuó disparos con un arma de fuego. Los proyectiles impactaron en el miembro superior izquierdo y en la región torácica de la víctima, provocándole lesiones de carácter grave.

Durante el juicio abreviado, el imputado reconoció su responsabilidad en el hecho. El tribunal avaló el acuerdo alcanzado entre la Fiscalía y la defensa y lo condenó a cinco años de prisión efectiva, con declaración de reincidencia, por el delito de lesiones graves agravadas por el empleo de arma de fuego.

La resolución descartó la figura de tentativa de homicidio al considerar que las pruebas reunidas no permitían demostrar con el grado de certeza exigido que el acusado hubiera tenido una intención inequívoca de causar la muerte de la víctima, pese a la gravedad de la agresión.

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