Boletín Oficial

Mendoza reglamentó la Ley de Uso Medicinal del Cannabis

Por Redacción de SITIO ANDINO

Este martes se publicó en el Boletín Oficial el decreto que reglamenta el cultivo de cannabis para uso medicinal en Mendoza. Con la firma del Gobernador Rodolfo Suarez la provincia sumará la actividad a la matriz productiva respetando los protocolos sanitarios y en un marco de seguridad jurídica.

Desde el Gobierno provincial destacaron que Mendoza se transformó en la primera provincia en sancionar una ley que involucra los aspectos económicos y que además entiende el encadenamiento productivo en pos de la salud humana. De hecho, ya contaba con una Ley pionera en el país, la N°8962 que permitía el uso medicinal de derivados del cannabis para pacientes con epilepsia refractaria.

Las autoridades provinciales venían trabajando en la investigación, regulación, control y funcionamiento productivo del cannabis medicinal. En diciembre del 2020 la Legislatura provincial sancionó la Ley 9.298 adhiriendo la Ley nacional 27.350, que permite la investigación médica y científica, el uso y el cultivo de la planta y sus derivados.

En la apertura de Sesiones Ordinarias del Congreso, el presidente Alberto Fernández aseguró que impulsará una ley de cultivo de cannabis "para uso medicinal e industrial", siguiendo los pasos de la iniciativa mendocina que entró en vigencia este martes.

Los beneficios de la Ley

Los cannabinoides tienen propiedades medicinales, lo que permite tratar dolencias como cáncer, epilepsia, glaucoma, esclerosis múltiple, fibromialgia y dolor crónico, entre otros que están en investigación. Hasta ahora, quienes tenían la necesidad de acceder a este producto como paliativo o tratamiento estaban obligados a ingresar a un mercado que no garantizaba la calidad medicinal y la composición del producto.

Por eso, la reglamentación de esta ley tiene un doble beneficio en la provincia. Por un lado, diversifica la actividad productiva de Mendoza, con una industria ligada a la agricultura que mueve inversiones y genera empleo en países vecinos como Chile o Uruguay; y por el otro da acceso legal, seguro y controlado a los mendocinos que necesitan los derivados del cannabis.

Autoridad de Control

El Ministerio de Economía y Energía contará con la Unidad de Control de Cannabis con fines medicinales, terapéuticos y/o científicos con facultades resolutivas y capacidad de dictar protocolos, instructivos y normas de actuación obligatorias.

De esta forma, regulará, de manera sistémica e integral, los proyectos productivos, teniendo facultades de fiscalización y sanción, siendo la autoridad de aplicación en caso de incumplimientos.

Esta Unidad de Control operará de manera coordinada con otros órganos del Estado Provincial, administrando el seguimiento de proyectos y definiendo el alcance de los programas de promoción de cultivo, producción, estudios e investigaciones sobre calidad y uso de esta planta y sus derivados.

El Ministerio de Economía y Energía también estará a cargo de determinar los protocolos y manuales de procedimiento para mantener la trazabilidad y el control de los puntos críticos en la cadena de valor: desde la importación de semillas hasta el destino final de la producción, con el objetivo de asegurar la calidad de los procesos y la salud de las personas.

Este es el decreto de reglamentación:

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