3 de febrero de 2026
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Mendoza declaró la Emergencia y el Desastre Agropecuario por heladas y granizo

La medida alcanza a productores de las regiones Centro, Este, Norte y Sur que registraron pérdidas severas durante el ciclo agrícola 2025/2026.

Por Sitio Andino Economía

El Gobierno de Mendoza declaró el Estado de Emergencia Agropecuaria y de Desastre Agropecuario en distintos departamentos de la provincia como consecuencia de las heladas y tormentas de granizo registradas durante el ciclo agrícola 2025/2026, fenómenos que provocaron daños significativos en cultivos y fincas productivas.

La decisión fue oficializada a través del Decreto N.º 125, en el marco de la Ley Provincial N.º 9083, su decreto reglamentario y en concordancia con la Ley Nacional N.º 26.509, que regula el sistema de emergencia agropecuaria a nivel país.

Según se informó oficialmente, la medida se sustenta en informes técnicos elaborados por la Dirección de Contingencias Climáticas, a partir de denuncias presentadas por productores y verificaciones realizadas en territorio.

Qué implica la declaración de emergencia y desastre agropecuario

La normativa distingue dos situaciones según el nivel de daño sufrido en la producción:

  • Estado de Emergencia Agropecuaria: cuando las pérdidas se ubican entre el 50% y el 79% de la producción.

  • Estado de Desastre Agropecuario: cuando los daños son iguales o superiores al 80%.

En ambos casos, los productores alcanzados podrán acceder a beneficios fiscales, financieros y administrativos, siempre que cuenten con el Certificado de Daños emitido por la autoridad competente.

Departamentos alcanzados por el Estado de Emergencia Agropecuaria

La declaración de Emergencia Agropecuaria abarca distritos de las cuatro regiones productivas de Mendoza.

Región Centro

Incluye zonas de San Carlos, Tunuyán y Tupungato, con distritos como La Consulta, Eugenio Bustos, Cordón del Plata, Gualtallary, La Arboleda y Tunuyán, entre otros.

Región Este

Alcanza distritos de Junín, La Paz, Rivadavia, San Martín y Santa Rosa, comprendiendo localidades como Algarrobo Grande, Alto Verde, Palmira, Montecaseros, Las Catitas y La Dormida.

Región Norte

Incluye sectores de Las Heras, Lavalle, Luján de Cuyo y Maipú, con zonas productivas como Agrelo, Perdriel, Costa de Araujo, Jocolí y Barrancas.

Región Sur

Abarca distritos de General Alvear y San Rafael, entre ellos Bowen, Rama Caída, Cuadro Nacional, Villa Atuel y Monte Comán.

Zonas declaradas en Desastre Agropecuario

En los casos donde las pérdidas superaron el 80%, el Gobierno provincial declaró el Estado de Desastre Agropecuario, que contempla beneficios más amplios.

Región Centro

Comprende distritos puntuales de San Carlos, Tunuyán y Tupungato, como Eugenio Bustos, La Consulta, Campo de los Andes, Los Chacayes y La Arboleda.

Región Este

Incluye amplias zonas de Junín, La Paz, Rivadavia, San Martín y Santa Rosa, con fuerte afectación en distritos productivos clave del Este mendocino.

Región Norte

Abarca sectores de Lavalle y Maipú, como Costa de Araujo, Ingeniero Gustavo André, Barrancas y Fray Luis Beltrán.

Región Sur

Comprende distritos de General Alvear y San Rafael, incluyendo Villa 25 de Mayo, Villa Atuel, Bowen y San Pedro del Atuel.

Beneficios para los productores afectados

Los productores que acrediten daños mediante el certificado emitido por la Dirección de Contingencias Climáticas podrán acceder a los beneficios previstos en los artículos 11 al 26 de la Ley N.º 9083, entre los que se destacan:

  • Eximición del pago de impuestos provinciales.

  • Descuentos en los cánones de riego y energía eléctrica.

  • Suspensión de juicios y procesos administrativos por deudas impositivas.

  • Acceso a herramientas de asistencia financiera previstas en el régimen.

Desde el Ejecutivo remarcaron que el objetivo es aliviar la situación económica de los productores y sostener la continuidad de las explotaciones afectadas por los eventos climáticos extremos.

Vigencia de la emergencia

Un dato clave de la resolución es el plazo de vigencia del régimen, que se extenderá hasta marzo de 2027:

  • Para los casos de heladas, el período comprendido va del 1 de diciembre de 2025 al 31 de marzo de 2027.

  • Para los casos de granizo, el régimen rige desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de marzo de 2027.

De esta manera, la Provincia busca dar previsibilidad a los productores en un contexto marcado por la variabilidad climática y las pérdidas productivas acumuladas.