Saber qué diferencia existe entre robo y hurto puede marcar la diferencia al momento de reclamar un seguro de vivienda. En una nueva columna de Mundo Asegurador por Aconcagua Radio, el especialista Edgardo Juchniuk abordó este tema que genera dudas.
Entender la diferencia entre robo y hurto es clave para saber si un seguro responderá ante un siniestro. El especialista Edgardo Juchniuk resuelve las dudas.
Saber qué diferencia existe entre robo y hurto puede marcar la diferencia al momento de reclamar un seguro de vivienda. En una nueva columna de Mundo Asegurador por Aconcagua Radio, el especialista Edgardo Juchniuk abordó este tema que genera dudas.
Edgardo Juchniuk (EJ): La definición es muy sencilla: para que exista robo debe haber violencia o intimidación, ya sea sobre las cosas o sobre las personas. Ahí se configura lo que es el robo.
En el hurto, en cambio, no hay violencia. Por ejemplo, si entraron a mi casa porque dejé la puerta abierta, o si alguien toma un celular que estaba sobre la mesa sin ejercer violencia.
También hay que tener en cuenta que la violencia puede ser sobre las cosas. Romper una puerta, una reja o el vidrio de un auto ya se considera robo. No hace falta que haya agresión física directa a una persona.
EJ: El seguro está para cubrir hechos súbitos e imprevistos, no situaciones en las que uno se expone innecesariamente. Por ejemplo, si una persona deja el auto en marcha mientras baja a buscar a un niño a la escuela y se lo llevan, ahí hay una negligencia importante y eso no está cubierto.
Cuando surge la figura de la negligencia, la compañía de seguros no reconoce nada, porque en el contrato se menciona específicamente que uno debe tomar las medidas mínimas de seguridad.
EJ: En el caso de las viviendas, tenemos la ventaja de que normalmente se cubre tanto el robo como el hurto. Eso no sucede en comercios o industrias, donde generalmente solo se cubre el robo.
Esto se debe a que los comercios están más expuestos al riesgo. Por ejemplo, el robo de ropa o mercadería por parte de mecheras es muy difícil de cubrir, porque ocurre constantemente.
En una vivienda, cuando ocurre un siniestro, no siempre es obligatorio presentar facturas, pero sí hay que demostrar la tenencia del bien. Si te robaron un televisor y conservás el control remoto o el manual, eso ya ayuda a demostrar que ese bien era tuyo.
EJ: Cuando hablamos de alquileres temporarios, hay dos alternativas: asegurar la vivienda individual o asegurar el complejo como si fuera una empresa.
En estos casos, además de los daños por incendio o robo, es muy importante tener una póliza de responsabilidad civil. Esto protege al propietario ante posibles reclamos de los huéspedes.
EJ: No siempre se reconoce el 100% del valor del bien, porque existe lo que se llama depreciación. Si tenés una heladera que tiene 15 años de uso, no vale lo mismo que una nueva, por lo tanto la indemnización se calcula sobre el valor actual del objeto.
Sin embargo, hay casos en los que existe reposición a nuevo. Por ejemplo, en muchos seguros, si un televisor tiene hasta tres años de antigüedad y se demuestra con factura, en caso de pérdida total te entregan otro de similares características.
EJ: Las compañías evalúan muchas variables. Por ejemplo: si la vivienda tiene rejas, puertas reforzadas, alarma monitoreada o medidas de seguridad adicionales.
No es lo mismo una casa que limita con un baldío que una que está rodeada por otras viviendas habitadas. Tampoco es lo mismo vivir en planta baja que en un piso alto.
Mientras más medidas de seguridad tenga la vivienda, menor suele ser el costo de la póliza, porque se reduce el riesgo.
EJ: Lo más importante es no quedarse solo con la idea de que tengo seguro y listo. Hay que revisar periódicamente las sumas aseguradas y actualizarlas.
Con el tiempo vamos adquiriendo nuevos bienes o reemplazando otros, y eso modifica el riesgo. Si para algo pagás un seguro es para que te respondan, por eso hay que estar preparado y conocer qué documentación pueden pedirte ante un siniestro.

