Usar manos libres en el auto no será más motivo de multa en Mendoza
Se trata de un cambio en la Ley de Tránsito que actualiza la utilización de tecnología, adaptándola a los tiempos que corren, como el uso del manos libres.
El Senado de Mendoza avanzó este martes con un proyecto que contempla la modificación de un artículo de la Ley de Tránsito (Nº 9.024), que quedó obsoleto por los avances tecnológicos. Se trata del inciso 9 del artículo 52 de esa norma, que prohíbe conducir un vehículo en la vía pública haciendo uso de telefonía móvil y otros sistemas similares. Con la nueva redacción, ya no será pasible de una multa -por ejemplo- la utilización del manos libres.
El expediente que obtuvo la media sanción y pasó a la cámara de Diputados para convertirse en ley, es autoría de Pedro Serra (Frente de Todos) y fue aprobado por la totalidad del cuerpo. Concretamente, elimina algunos conceptos que quedaron en desuso, como la telefonía análoga en los automóviles (dejó de fabricarse en la década del 90), e incorpora algunos modernos.
De aprobarse la propuesta en la cámara baja, el mencionado inciso (que forma parte de las prohibiciones al volante) quedará redactado de la siguiente manera:
“En todos los vehículos, haciendo uso de sistemas de comunicación que impliquen operación manual, telefonía móvil, lectura de mensajería instantánea, auriculares, reproduciendo videos en el habitáculo del conductor; salvo que se realice mediante tecnología de manos libres.
En el caso de que sea necesaria la utilización de dispositivos electrónicos o de comunicación para la prestación del servicio de transporte, el teléfono celular o cualquier otro tipo de dispositivo electrónico deberá estar debidamente colocado en un sujetador que facilite su manipulación y que no obstaculice la visibilidad al conducir”.
Pedro Serra, senador, Frente de Todos
Pedro Serra, autor del proyecto que modifica la Ley de Tránsito. No se multará más a automovilistas que usen el manos libres
Foto: Prensa Legislatura de Mendoza
De este modo, se incluye la excepción para plataformas como Uber, Cabify o similares, además que se suprime la prohibición de “recepción de mensajería instantánea”, ya que es un concepto impracticable, porque depende de terceros y es inevitable.
También elimina definiciones “abstractas” como “cualquier otro medio de comunicación inalámbrico, o adaptado que influyan en la disminución de atención del conductor”, por su falta de definición específica que requiere una norma para ser aplicada correctamente.
“En el siglo XXI no puede estar prohibida la utilización de pantallas ya que las mismas vienen incorporadas en casi la totalidad de los vehículos y en el mismo sentido la proyección de las empresas es que el 100% del parque vehicular tenga GPS incorporado, por ende, una pantalla encendida en el habitáculo del conductor no puede ser objeto de multa”, reparó el autor del expediente en sus fundamentos.
El senador oriundo de San Rafael planteó que “no debemos culpar a la evolución y a los avances tecnológicos por la mala utilización de los mismos”. “La función del legislador es aportar soluciones para integrar la tecnología y no eliminarla. Si seguimos generando conceptos erróneos deberíamos multar y prohibir a todas las fábricas de automotores la incorporación de pantallas y demás dispositivos”, postuló Serra en la iniciativa.