La jueza en lo Civil y Comercial y Contencioso Administrativo de San Martín, Martina Forns suspendió por seis meses cualquier acto administrativo que derive del decreto que dispuso el cierre de Vialidad Nacional, al hacer lugar a una medida cautelar del gremio Sevina.
La magistrada hizo lugar parcialmente a la cautelar de no innovar y ordenó al Estado Nacional y al Poder Ejecutivo que se abstenga de “ejecutar cualquier acto administrativo, que derive” del decreto 461/2025 del 8 de julio pasado, que dispuso la disolución de la Dirección Nacional de Vialidad.
El gobierno de Javier Milei no podrá disponer “reubicaciones, traslados, cesantías, suspensiones, pases a disponibilidad de personal o supresión de estructuras vinculadas a la Dirección Nacional de Vialidad”.
“Teniendo en cuenta que en esta etapa preliminar del proceso, donde se verifican circunstancias graves y objetivas, permiten justificar el dictado de una medida cautelar de no innovar, a fin de evitar perjuicios irreparables y preservar el statu quo hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo”, afirmó la sentencia. “Teniendo en cuenta que en esta etapa preliminar del proceso, donde se verifican circunstancias graves y objetivas, permiten justificar el dictado de una medida cautelar de no innovar, a fin de evitar perjuicios irreparables y preservar el statu quo hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo”, afirmó la sentencia.
La magistrada argumentó que tanto la Constitución Nacional como los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) “con jerarquía constitucional -en particular los Convenios N.º 87, 98 y 151- impiden al Estado, en su rol concurrente de empleador y regulador, alterar de manera unilateral condiciones de trabajo que han sido establecidas por norma colectiva con plena vigencia”.
Por lo tanto, el decreto emitido por el gobierno “vulnera de forma manifiesta el principio de estabilidad, así como los derechos laborales y sindicales reconocidos a los trabajadores estatales, al sustraerlos del ámbito de protección de las Convenciones Colectivas de Trabajo vigentes y al interferir arbitrariamente en cuestiones que, por su naturaleza, deben resolverse en el marco de la negociación colectiva y de los regímenes estatutarios respectivos”, aseguró Forns.
Forns no se pronunció sobre el planteo para declarar la nulidad e inconstitucionalidad del Decreto 461, porque para ello es necesario un “estudio mucho más complejo y profundo, con amplio debate y prueba, que en modo alguno podrían resolverse con los elementos hasta ahora incorporados”.
El cierre de Vialidad
El pasado 7 de julio, el vocero presidencial, Manuel Adorni, anunció que el presidente Javier Milei firmó un decreto que elimina la Dirección Nacional de Vialidad y otros organismos del área.
“Este organismo se creó para simplificar la corrupción”, dijo Adorni en una conferencia de prensa en Casa de Gobierno.
El decreto firmado busca que el Ministerio de Economía sea el nuevo el responsable directo del sistema troncal de caminos nacionales, en reemplazo de la Dirección Nacional de Vialidad.
Sus fondos, activos y personal serán transferidos a la cartera económica, que también podrá delegar funciones en otras jurisdicciones.
Tras su disolución, la Dirección Nacional de Vialidad (DNV) distribuirá sus funciones entre la nueva agencia y dos unidades organizativas dentro del Ministerio de Economía, una en la órbita de la Secretaría de Transporte y otra en la Secretaría de Obras Públicas.