Tribunales de Dolores

Juicio por Fernando Báez Sosa: perpetua para cinco rugbiers

Máximo Thomsen, Enzo Comelli, Luciano y Ciro Pertossi, y Matías Benicelli fueron condenados a la pena máxima por el crimen de Fernando Báez Sosa.

Este lunes se conoció el fallo contra los ocho rugbiers acusados por el crimen de Fernando Báez Sosa, hecho ocurrido el 18 de enero del 2020 a la salida de un boliche de Villa Gesell. Cinco de los acusados fueron condenados a prisión perpetua por el homicidio. Los imputados llegaron al mediodía con una importante custodia policial, un vallado de seguridad en los tribunales de Dolores y con la presencia de los padres de la víctima.

En el marco de un fuerte operativo de seguridad desplegado por efectivos de la Dirección de Operaciones Especiales (DOE) del Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB), los acusados Máximo Thomsen (23), Enzo Comelli (22), Matías Benicelli (23), Blas Cinalli (21), Ayrton Viollaz (23), y Luciano (21), Ciro (22) y Lucas Pertossi (23), llegaron al edificio judicial de la calle Belgrano 141 a las 12.17 de este mediodía, trasladados desde la Unidad Penal 6 de Dolores. Los otros tres recibieron una pena de 15 años de cárcel.

Pasadas las 13, el Tribunal Oral en lo Criminal 1 de la ciudad bonaerense de Dolores dio a conocer la sentencia para los ocho rugbiers acusados de matar a golpes y patadas a Fernando Báez Sosa durante la madrugada del 18 de enero de 2020 a la salida de un boliche de la localidad balnearia de Villa Gesell.

Los jueces María Claudia Castro, Emiliano Lázzari y Christian Rabaia condenaron a prisión perpetua a Thomsen, a los hermanos Ciro y Luciano Pertossi, a Enzo Comelli y a Matías Benicelli. Los acusaron por "homicidio agravado por alevosía y por el concurso premeditado de dos o más personas".

En tanto, los otros tres implicados, Ayrton Viollaz, Lucas Pertossi y Blas Cinalli, fueron acusados por partícipes secundarios por el mismo delito. La pena fue de 15 años de cárcel.

Báez Sosa fue atacado a la salida del boliche "Le Brique", luego de un incidente previo en el interior del local entre algunos de ellos y el grupo de amigos de la víctima.

En sus alegatos de cierre, tanto los fiscales Juan Manuel Dávila y Gustavo García como los abogados Fernando Burlando y Fabián Améndola, quienes representan a los padres de la víctima en calidad de particulares damnificados, consideraron acreditada la responsabilidad penal de los imputados.

En la acusación sostuvieron la figura del homicidio doblemente calificado, en concurso ideal con "lesiones leves", por los golpes sufridos por amigos de Báez Sosa que intentaron ayudarlo.

En ese sentido, ambas acusaciones pidieron que los ocho jóvenes sean condenados a prisión perpetua, porque consideraron que fueron coautores del crimen.

En su alegato, los fiscales señalaron que "no hubo roles", sino que "todos hicieron todo, todos se pusieron de acuerdo para matar a Fernando, todos lo golpearon".

Burlando adhirió al pedido de la fiscalía y sostuvo que todos los imputados tuvieron la "voluntad de matar", que planearon una "cacería humana" y que la víctima fue "fusilada a golpes y patadas".

El particular damnificado precisó además, a partir del análisis de imágenes realizadas del hecho, que tras la expulsión de ambos grupos de "Le Brique" hubo un "acecho" a Fernando que duró poco más de siete minutos, y a partir de las 4.44.30 del 18 de enero, se produjo el ataque, que duró 45 segundos, hasta que a las 4.45.15 los acusados "consuman el homicidio".

El defensor de los imputados, Hugo Tomei, consideró por su parte en su alegato que todos ellos deberían ser absueltos por la "incongruencia" entre la acusación original y la planteada por la fiscalía al momento de pedir la pena.

Pidió además, que en caso de ser condenados por el tribunal, el hecho sea encuadrado como un "homicidio en riña", que prevé una pena máxima de seis años de prisión, lo que permitiría a los imputados acceder casi de manera inmediata a una libertad condicional, por los tres años que llevan con prisión preventiva.

Tomei planteó subsidiariamente ante el TOC que se consideren las figuras de "homicidio simple con dolo eventual" -con una pena en expectativa de 8 a 25 años- o de "homicidio preterintencional" -de 3 a 6-.

Los acusados siguieron presencialmente todas las audiencias del juicio, e hicieron lo propio durante la lectura de la sentencia.

A su vez, la madre de la víctima y su padre, Silvino Báez, estuvieron presentes, al igual que lo hicieron a lo largo del debate oral.

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