El Poder Ejecutivo de la provincia promulgó este miércoles la Ley N° 8962 que establece el uso medicinal y terapéutico del aceite de cannabis y derivados que fue sancionada hace dos semanas por la Legislatura. La norma brinda un marco regulatorio a la investigación sobre la planta con el objeto de tratar o paliar ciertas patologías.
La ley fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial y también apareció el decreto nº 497, firmado por el gobernador Alfredo Cornejo y la ministra de Salud, Desarrollo Social y Deportes, Claudia Najul, que promulga la norma.
Esta nueva normativa encarga a la cartera sanitaria la "implementación, vigilancia y control de investigaciones médicas y científicas, incluidos experimentos clínicos con aceite de cannabis y sus derivados de grado farmacéutico de pureza requerida por la ANMAT (Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica), elaborados bajo normas de calidad, seguridad y eficacia, siguiendo los procesos y las buenas prácticas de manufactura farmacéutica".
Se crea la Unidad de Vigilancia Tutelada que funcionará como autoridad de aplicación conformada por especialistas de los efectores provinciales.
En uno de los artículos de la ley se remarca que la Obra Social de Empleados Públicos (OSEP) deberá garantizar el acceso a sus afiliados a este tratamiento y se invita a las demás obras sociales, entidades de medicina prepaga y demás que brinden atención en la provincia a adherir a los alcances de la norma.
Mendoza se convirtió en la quinta provincia del país en convertir en ley el uso medicinal del aceite de cannabis que principalmente se utilizará para tratar a pacientes con epilepsia refractaria.