Según pudo constatar Sitio Andino tras consultar con un contador, además de las deducciones personales, como la ganancia no imponible o las cargas de familia, existen otros conceptos que pueden computarse, entre ellos alquileres, medicina prepaga, personal de casas particulares, gastos educativos, seguros, donaciones y honorarios médicos, siempre que se cumplan los requisitos establecidos por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
A continuación, diez claves para aprovechar correctamente estas deducciones y evitar errores frecuentes.
1. Conocer la ganancia no imponible
La ganancia no imponible es el monto que la ley excluye del cálculo del impuesto y constituye la base de varias deducciones y límites vigentes.
Si bien los trabajadores en relación de dependencia no deben cargar este concepto en el SiRADIG, conocer su valor permite entender cómo se calcula el impuesto y cuáles son los topes aplicables a otras deducciones.
2. Verificar las cargas de familia
Las cargas de familia representan una de las deducciones más importantes, aunque también una de las que más errores generan.
Pueden computarse el cónyuge o conviviente, además de hijos, hijastros e hijastras que cumplan con los requisitos previstos por la normativa. Entre otras condiciones, deben residir en el país, estar a cargo del contribuyente y no superar el límite de ingresos establecido por ARCA.
3. Coordinar la deducción por hijos
Cuando ambos padres están alcanzados por el Impuesto a las Ganancias, conviene definir de antemano cómo se computará la deducción.
La normativa permite que cada uno deduzca el 50% o que uno solo aplique el 100%. Lo importante es evitar duplicaciones o inconsistencias que luego puedan derivar en ajustes.
4. Revisar qué deducción especial corresponde
La deducción especial también forma parte de las deducciones personales, aunque su monto depende de la situación de cada contribuyente.
No es igual para un trabajador en relación de dependencia que para un profesional independiente, por lo que resulta conveniente revisar que la liquidación contemple el importe correspondiente.
5. Informar el alquiler de la vivienda
Quienes alquilan la vivienda que habitan pueden acceder a una deducción prevista por la normativa, siempre que se cumplan las condiciones exigidas por ARCA.
ARCA MONOTRIBUTO
Alquileres, prepaga y educación figuran entre las deducciones permitidas.
Entre ellas, el alquiler debe estar respaldado por la documentación correspondiente y el contribuyente no debe ser titular de otro inmueble, según lo previsto por el régimen vigente.
6. No olvidar el personal de casas particulares
Los empleadores que tienen personal de casas particulares registrado pueden deducir tanto las remuneraciones como las contribuciones patronales abonadas.
Se trata de un beneficio que suele pasarse por alto y que puede representar una reducción importante en la base imponible.
7. Aprovechar los gastos educativos
Los gastos vinculados con la educación de hijos o cargas de familia también pueden computarse dentro de ciertos límites.
La normativa contempla, entre otros conceptos, cuotas de establecimientos educativos, guarderías, jardines maternales, útiles escolares, uniformes y clases particulares correspondientes a materias de planes oficiales.
Conservar las facturas durante todo el año facilita la carga posterior de la información.
8. Declarar medicina prepaga
Las cuotas de medicina prepaga y los aportes complementarios a obras sociales también pueden deducirse, tanto para el contribuyente como para las personas declaradas como cargas de familia.
En este caso, la deducción está sujeta a los límites establecidos por la legislación vigente.
9. Guardar los comprobantes de honorarios médicos
Los honorarios de médicos, odontólogos, psicólogos, kinesiólogos y otros profesionales de la salud también pueden computarse, siempre que el gasto haya sido efectivamente abonado por el contribuyente y no haya sido reintegrado por la cobertura médica.
Por eso, conservar las facturas y recibos resulta fundamental para aprovechar esta deducción.
10. No pasar por alto otras deducciones
Además de los conceptos más conocidos, la normativa también contempla otros gastos que pueden descontarse del impuesto según cada situación.
Entre ellos figuran las primas de seguros de vida y de retiro, las donaciones realizadas a entidades habilitadas, determinados intereses de créditos hipotecarios y algunos gastos de indumentaria o equipamiento de uso obligatorio cuando son afrontados por el trabajador y no reintegrados por el empleador.
Cómo informar las deducciones
Los trabajadores en relación de dependencia deben informar estas deducciones a través del servicio SiRADIG – Trabajador, disponible con clave fiscal en el sitio web de ARCA.
Desde esa plataforma pueden cargar y actualizar durante el año datos personales, cargas de familia, alquileres, gastos deducibles, percepciones y otros conceptos que impactan en la liquidación del Impuesto a las Ganancias.
impuesto a las ganancias
Conservar los comprobantes es clave para acceder a las deducciones.
Por qué conviene revisar las deducciones durante el año
Esperar al cierre del período fiscal para cargar toda la información suele ser uno de los errores más frecuentes. Un cambio de trabajo, el nacimiento de un hijo, el inicio de un alquiler, la contratación de personal de casas particulares o el pago de una prepaga pueden modificar la situación tributaria del contribuyente.
Mantener actualizados los datos permite que las retenciones mensuales reflejen con mayor precisión la situación real y evita pagar de más durante el año o tener que esperar la liquidación anual para recuperar diferencias.
En caso de dudas sobre qué conceptos pueden deducirse o cómo informarlos correctamente, la recomendación es consultar la normativa vigente de ARCA o recurrir al asesoramiento de un contador.