El Gobierno oficializó este viernes a través de la Resolución 645/2025 nuevas medidas para la medicina prepaga. Se trata de un procedimiento estandarizado para la presentación de información sobre los aumentos en las cuotas a los usuarios de las coberturas médicas. Su implementación es de carácter obligatorio y formal para todas las compañías que ofrecen este tipo de atención sanitaria.
Las prepagas deberán informarle a la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) los respectivos aumentos. La resolución publicada en Boletín Oficial contrasta notoriamente con la desregulación del sector que alentó el Gobierno deJavier Milei. Sin embargo, está en concordancia con los llamados de la gestión libertaria a las prepagas para que moderen sus aumentos, ya que las cuotas subían muy por encima de los demás productos y servicios.
De esta manera, las compañías de la medicina prepaga deberán comunicar sus aumentos primero a la SSS y, luego, a los afiliados.
¿Qué obligaciones deberán cumplir las prepagas?
Las prepagas deberán presentar a la Superintendencia de Servicios de Salud la siguiente la información:
El texto que presentarán a sus afiliados para comunicar el aumento de las cuotas;
El porcentaje de variación a aplicar y el nuevo valor de la cuota;
El cuadro tarifario vigente;
El detalle de los valores de copago por prestación.
La información deberá efectuarse a través del sitio web de la SSS. Además, deberán presentar la documentación hasta cinco días después a la publicación del último Índice de Precios al Consumidor (IPC)/ Ámbito Financiero