El Gobierno aprobó el llamado para adjudicar concesiones de explotación de petróleo por 25 años. El pliego costará U$S15.000 y habrá un pago inicial atado a la producción proyectada. Definieron qué pasivos ambientales quedan fuera de los futuros adjudicatarios.
Mediante el Decreto 2241, con fecha del 15 de octubre de 2025, la Provincia de Mendoza autorizó a la Dirección de Hidrocarburos a convocar a Licitación Pública Nacional e Internacional para adjudicar concesiones de explotación en cinco áreas: Atamisqui (Cuenca Cuyana), El Manzano (Cuenca Neuquina), Loma Cortaderal-Cerro Doña Juana (Cuenca Neuquina), Puesto Molina Norte (Cuenca Neuquina) y Puntilla del Huincán (Cuenca Neuquina).
Con este llamado, la Provincia de Mendoza busca dinamizar la explotación de áreas revertidas o libres.
Plazos y condiciones económicas
Las concesiones de explotación tendrán un plazo de 25 años, contado desde la publicación del decreto que las otorgue en el Boletín Oficial.
Se fija un Pago Inicial equivalente al 0,5% de la producción acumulada proyectada (Np) para los primeros diez años del plan de explotación. Ese pago podrá abonarse a prorrata desde el otorgamiento y por hasta 10 años, siempre que el concesionario lo solicite dentro de los 30 días posteriores a la publicación del decreto de adjudicación y con aprobación de la Autoridad de Aplicación. Según el decreto, esta modalidad busca valorizar las áreas y desalentar sobreestimaciones de reservas incorporando proyecciones más conservadoras.
El pliego para participar en el proceso tendrá un valor de U$S 15.000, pagaderos en pesos al tipo de cambio vendedor billete del Banco Nación del día hábil anterior al pago, con destino al Fideicomiso de Actividades Hidrocarburíferas.
Qué pasa con los pasivos ambientales
El decreto incorpora el informe técnico ambiental de la Dirección de Gestión y Fiscalización Ambiental (Anexo VIII). Allí se detalla que las áreas Atamisqui, El Manzano y Puesto Molina Norte presentan pasivos a sanear, mientras que Loma Cortaderal–Cerro Doña Juana y Puntilla del Huincán no registran instalaciones de superficie a abandonar ni pasivos ambientales.
De forma expresa, se aclara que los pasivos ambientales preexistentes no estarán a cargo de los futuros adjudicatarios. Esos saneamientos corresponderán a los sujetos pasivos que los generaron. No obstante, el pliego general establece que el adjudicatario deberá presentar un plan de trabajo y cronograma respecto de los pasivos preexistentes detectados por la Autoridad de Aplicación, en el marco del seguimiento ambiental.
El llamado se encuadra en la titularidad provincial de los recursos energéticos (reforma constitucional de 1994) y en la normativa vigente: Ley Nacional 17.319 y sus modificaciones introducidas por la Ley Bases 27.742 (con su decreto reglamentario 1057/2024), Ley Nacional 26.197 de autonomía provincial sobre hidrocarburos y Ley Provincial 7.526. La convocatoria utiliza el Pliego de Bases y Condiciones aprobado previamente por el Decreto 1382/2025.