El Gobierno nacional formalizó una reducción de los derechos de exportación al agro para productos de las cadenas de soja, maíz, trigo, cebada, sorgo y girasol, mediante un esquema que contempla rebajas progresivas hasta diciembre de 2028.
El Gobierno oficializó una reducción de los derechos de exportación para soja, maíz, trigo, cebada, sorgo y girasol. Cómo impactará el nuevo esquema en el agro.
El Gobierno nacional formalizó una reducción de los derechos de exportación al agro para productos de las cadenas de soja, maíz, trigo, cebada, sorgo y girasol, mediante un esquema que contempla rebajas progresivas hasta diciembre de 2028.
La medida fue establecida a través del Decreto 423/2026, publicado este martes en el Boletín Oficial, y distingue entre cultivos de invierno y de verano para definir el ritmo de aplicación de las nuevas alícuotas.
Según explicó el Poder Ejecutivo, la reducción inmediata para los cultivos de invierno responde a la cercanía de las decisiones de siembra, mientras que para los cultivos estivales se diseñó un cronograma gradual que permitirá que las rebajas estén vigentes al momento de la comercialización de la producción.
En el caso del trigo y la cebada, se instrumentó la reducción anunciada en mayo por el presidente Javier Milei. Desde ahora, los granos tributarán una alícuota del 5,5%, por debajo del 7,5% que regía hasta el momento.
Además, se fijaron nuevos derechos de exportación para productos derivados de ambas cadenas, como harinas, sémolas, almidones, malta y otros subproductos industriales, con tasas que oscilan entre el 1% y el 3,5%, según la mercadería.
Según informó Iprofesional, uno de los cambios más relevantes alcanza a la soja. El poroto pasará de una alícuota del 24% durante 2026 al 21% desde diciembre de 2027 y al 15% a partir de diciembre de 2028.
El esquema también incluye aceites, harinas, pellets y otros derivados industriales, que tendrán reducciones graduales durante los próximos dos años. En algunos casos, los aceites de soja descenderán desde niveles de entre 18% y 22% hasta ubicarse entre 11% y 13,5% hacia fines de 2028. Los pellets y otros subproductos de la molienda alcanzarán una tasa del 14% desde diciembre de ese año.
El maíz y el sorgo también quedaron incorporados al régimen. Algunas posiciones arancelarias quedarán exentas del tributo y otras reducirán progresivamente sus alícuotas durante 2027 y 2028. En determinados casos, las tasas pasarán del 8,5% en 2026 al 7,5% a fines de 2027 y al 5,5% desde diciembre de 2028.
La cadena del girasol tendrá reducciones escalonadas para semillas, aceites y derivados. Mientras algunas variedades quedarán exentas, determinadas posiciones de aceite de girasol pasarán de alícuotas de entre 2,5% y 4,5% en 2026 a niveles de entre 1% y 3% hacia fines de 2028.
La norma también incorpora modificaciones para ciertos biocombustibles. Los biodiéseles elaborados a partir de aceites de colza, cártamo, Brassica Carinata y Camelina Sativa, así como aquellos que no contengan aceite de soja, tendrán una alícuota de exportación del 0%.
Para el resto de los biodiéseles comprendidos en la misma posición arancelaria, el derecho de exportación bajará del 21% en 2026 al 18% desde diciembre de 2027 y al 13% a partir de diciembre de 2028.
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