La Afip (Adminstración Federal de Ingresos Públicos) prorrogó hasta el 31 de diciembre el régimen que suspende el cobro de Ganancias e IVA (Impuesto al Valor Agregado) a ciertos productos de importación para el consumo.
Son productos importados de primera necesidad. Hasta cuándo extendió la quita de IVA la Afip. La medida también incluye al pago de Ganancias.
La Afip (Adminstración Federal de Ingresos Públicos) prorrogó hasta el 31 de diciembre el régimen que suspende el cobro de Ganancias e IVA (Impuesto al Valor Agregado) a ciertos productos de importación para el consumo.
Según se indicó desde el ente recaudador, la medida busca "disminuir la carga impositiva de bienes de primera necesidad". Y al mismo tiempo reducir la inflación.
Es un beneficio para productos importados por pequeñas y medianas empresas que cuenten con "Certificado MiPyME". Se trata de la segunda medida en beneficio de las pymes que adopta Afip en lo que va del año.
A través de la Resolución General N° 5527, Afip aplicó una reducción transitoria de esos impuestos para productos de la canasta básica como alimentos, artículos de higiene personal y medicamentos, entre otros.
La prórroga hasta fin de año ya está vigente, a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
Entre los alimentos alcanzados por la quita de IVA están carnes, lácteos, verduras, frutas, cereales, grasas y aceites, pastas, salsas, panificados y enlatados. Además de insumos alimenticios, cervezas y bebidas sin alcohol.
También incluye medicamentos. Y un largo listado de productos de higiene personal: algodones e hisopos, desodorantes, máquinas y espumas de afeitar, insecticidas de uso personal, jabón de tocador, pañales descartables, papel higiénico, pasta dental y productos de limpieza, entre otros.
Tanto la quita de Ganancias e IVA, según la resolución se hace efectiva "al momento de la importación definitiva" de los bienes alcanzados. (NA/Ámbito).

