31 de agosto de 2026
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Hospital Saporiti

Hospital Saporiti: la Justicia rechazó la cautelar y se mantiene la reestructuración de la maternidad

La Justicia denegó la medida cautelar solicitada por el Intendente Ricardo Mansur, avalando así el traslado de la maternidad del Hospital Saporiti.

Por Natalia Mantineo

La Justicia de Mendoza rechazó la medida cautelar presentada por la Municipalidad y un grupo de vecinas contra el cierre de maternidad y neonatología en el Hospital Saporiti. Al ratificarse la validez de la Resolución 468/2026, el Gobierno provincial mantiene el aval para derivar partos al Hospital Perrupato. La jueza consideró insuficientes las pruebas de peligro inmediato.

Hospital Saporiti: la Justicia avaló el traslado de la maternidad y neonatología al Hospital Perrupato.

Hospital Saporiti: la Justicia avaló el traslado de la maternidad y neonatología al Hospital Perrupato.

Hospital Saporiti: los argumentos del rechazo

La magistrada a cargo de la causa, la docotra Claudia Alicia Ambrosini, fundamentó su decisión en tres pilares jurídicos que favorecieron la postura del Gobierno Provincial:

  • Presunción de legitimidad: el tribunal recordó que la resolución ministerial es un acto administrativo dictado por autoridad competente, el cual goza de una presunción de legalidad que no pudo ser desvirtuada con las pruebas presentadas hasta el momento.
  • Falta de verosimilitud del derecho: para la Justicia, no se acreditó de forma "manifiesta, evidente o notoria" que la medida del Ministerio sea arbitraria o ilegal.
  • Inexistencia de daño irreparable: el fallo sostiene que no se probó de manera objetiva que el traslado de pacientes al Hospital Perrupato (en San Martín) genere un riesgo inminente o irreparable que justifique una medida excepcional antes del dictado de la sentencia definitiva.

El conflicto por los traslados

La demanda, encabezada por el intendente Ricardo Mansur y el presidente del Concejo Deliberante, Luis García Llauró, advertía sobre los riesgos de trasladar a embarazadas y recién nacidos a través de los 21 kilómetros que separan a Rivadavia de San Martín, trayecto que en emergencias puede superar los 40 minutos.

Sin embargo, el tribunal consideró que las afirmaciones de la parte actora resultaron "genéricas" y que el peligro en la demora invocado no cuenta con respaldo probatorio suficiente en esta etapa del proceso.

El estado de la causa

A pesar del rechazo de la cautelar, el proceso principal -una acción de amparo- continúa su curso. La jueza aclaró que esta decisión no implica una "pre-opinión" sobre el fondo de la cuestión, la cual será resuelta en la sentencia definitiva tras un análisis integral de la normativa constitucional e internacional invocada por las demandantes.

Por el momento, la Resolución 468/2026 sigue vigente, obligando al Hospital Saporiti a derivar sistemáticamente los partos programados y urgencias neonatales al Hospital Perrupato, limitando su función local a la atención prenatal y controles básicos.

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