17 de junio de 2026
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Agua

Espejos de agua: Mendoza creó el Registro Provincial de Guardavidas y endurece los controles

Con la medida, Salud fiscalizará natatorios públicos y privados. Se busca garantizar que quienes vigilan los espejos de agua cuenten con formación certificada.

Por Sitio Andino Sociedad

Con el objetivo de elevar los estándares de seguridad en natatorios, clubes y espacios públicos, la Legislatura de Mendoza sancionó la creación del Registro Provincial de Guardavidas. La normativa establece que toda persona que realice tareas de rescate y prevención en los espejos de agua deberá estar debidamente inscripta y habilitada.

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Espejos de agua: Mendoza creó el Registro Provincial de Guardavidas.

Espejos de agua: Mendoza creó el Registro Provincial de Guardavidas.

Espejos de Agua: profesionalización y control

A partir de la sanción de esta ley, se crea un padrón actualizado que centralizará los títulos y certificados de los profesionales. La medida busca evitar el intrusismo y garantizar que quienes velan por la vida de los bañistas cuenten con el entrenamiento técnico y la capacidad de respuesta en primeros auxilios necesaria.

Detalles de la nueva normativa

  • Alcance del rol: se define al guardavida como el profesional capacitado para la vigilancia, prevención y asistencia técnica inmediata en situaciones de riesgo dentro de su área de responsabilidad.

  • Contratación obligatoria: los titulares de instalaciones acuáticas y organismos públicos tienen la obligación legal de contratar únicamente a personal que figure en el Registro Provincial de Guardavidas.

  • Autoridad de control: el Ministerio de Salud y Deportes será el órgano responsable de aplicar la ley y fiscalizar su cumplimiento.

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El Ministerio de Salud y Deportes será el órgano responsable de aplicar la ley y fiscalizar su cumplimiento.

El Ministerio de Salud y Deportes será el órgano responsable de aplicar la ley y fiscalizar su cumplimiento.

Requisitos para los profesionales

Para acceder al registro y estar habilitados para trabajar en la temporada y en instalaciones anuales, los interesados deberán presentar:

  • Título oficial: expedido por instituciones reconocidas por la DGE o el Ministerio de Educación.

  • Documentación legal: certificado de antecedentes penales y ausencia de sanciones inhabilitantes.

  • Mayoría de edad: ser mayor de 18 años.

Cooperación con Municipios

El artículo 6º de la ley autoriza a la autoridad de aplicación a firmar convenios con los distintos Municipios. Esto permitirá una descentralización del control, asegurando que cada espejo de agua, desde los grandes diques hasta las piscinas de clubes barriales, cumpla con la presencia de profesionales certificados.

Esta ley representa un paso histórico para la seguridad civil en Mendoza, brindando un marco legal sólido tanto para los trabajadores del sector como para los ciudadanos que disfrutan de las zonas recreativas de la provincia.

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